DECRETO DE ALCALDIA, Nº 003, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA - Aprueban Reglamento de la Ordenanza Nº 638 y sus modificatorias, relativo al Serenazgo Metropolitano de Lima - SEMEL-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 003

Fecha de disposición05 Febrero 2016
Fecha de publicación20 Febrero 2016

Lima, 5 de febrero de 2016

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 197° de la Constitución Política del Perú, establece que “(…) Las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local. Asimismo, brindan servicios de seguridad ciudadana, con la cooperación de la Policía Nacional del Perú, conforme a Ley”.

Que, el inciso 1.1., del numeral 1, del artículo 85° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, ha dispuesto que son funciones específicas exclusivas de las municipalidades provinciales establecer un sistema de seguridad ciudadana, con participación de la sociedad civil y normar el establecimiento de los servicios de serenazgo, vigilancia ciudadana, rondas urbanas, campesinas o similares, de nivel distrital o del de centro poblados en la jurisdicción provincial, de acuerdo a ley.

Que, al amparo de las disposiciones normativas antedichas, se tiene que la Municipalidad Metropolitana de Lima con la emisión de la Ordenanza N° 1907, Ordenanza que Aprueba el Sistema Metropolitano de Seguridad Ciudadana - SIMESEC, ha establecido las bases a través de las cuales se pretende integrar, coordinar, supervisar y garantizar de manera estratégica y operativa a los serenazgos municipales de la jurisdicción de la provincia de Lima, con la finalidad de optimizar la labor que vienen desarrollando.

Que, mediante la Ordenanza No. 638 se creó el Serenazgo Metropolitano de Lima- SEMEL, la misma que mediante la Ordenanza No. 1907 en su Primera y Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final, modifica los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º, e incorpora el artículo 8º respectivamente. Asimismo, la Ordenanza No. 638 en su Segunda Disposición Final y Transitoria establece que la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Decreto de Alcaldía aprobará el reglamento correspondiente.

Que, mediante el Memorando No. 098-2015-MML-GSGC-AP de fecha 07 de diciembre de 2015 el Equipo de Planeamiento de la Gerencia de Seguridad Ciudadana formula el proyecto de Reglamento del SEMEL;

Que...

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