RESOLUCION, Nº 097-GDIC-ESSALUD-99, PODER EJECUTIVO, TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO - Designan Ejecutor Coactivo de la Sub - Gerencia de Recaudación y Mercadeo - Gerencia Departamental Ica-RESOLUCION-Nº 097-GDIC-ESSALUD-99

Fecha de disposición04 Febrero 2016
Fecha de publicación04 Febrero 2016

(Se publica las siguientes resoluciones a solicitud del Seguro Social de Salud EsSalud, mediante Carta Nº 143-SG-ESSALUD-2016, recibida el 3 de febrero de 2016)

Ica, 4 de mayo de 1999

VISTA:

La Carta Nº 843-OCO-GCR-ESALUD-99, del 29 de Abril de 1999, en la cual presentan a los señores CARLOS HUMBERTO DE LAMA CARRILLO, Ejecutor Coactivo y JAVIER GONZALO COHELLO AGUIRRE Auxiliar Coactivo seleccionados por Concurso Público de merito complementario, para cubrir dichas plazas en la Sub Gerencia de Recaudación y Mercadeo de la Gerencia Departamental Ica.

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 7º de la Ley 26979 Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva establece que la Designación del Ejecutor y Auxiliar Coactivo se efectúa mediante Concurso Público de meritos, los cuales ingresan como Funcionarios a la Entidad que representan y ejercen su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva;

Que, en virtud del cual el Seguro Social de Salud, procedió a efectuar la convocatoria al Concurso Público de Méritos Complementario para la cobertura de cargo de Ejecutor y Auxiliar Coactivo, a Nivel Nacional nombrándose a la comisión encargada de velar por el desarrollo – Comisión Resolución Nº 304-PE-IPSS-98;

Que, luego de concluido el proceso de Selección; resultaron aprobados en el cuadro de mérito los Profesionales presentados por la Jefatura de la Oficina de Coordinación Operativa de la Gerencia Central de Recaudación, siendo necesario formalizar su designación en los cargos de Ejecutor y Auxiliar de la Institución, respectivamente;

Que, de conformidad con el Artículo 7º del Decreto Ley Nº 25636, los trabajadores que ingresan a laborar al IPSS hoy ESSALUD, se encuentran sujetos al Régimen Laboral de la Actividad Privada;

Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 287-GG-IPSS-96, se calificó como cargos de Dirección y/o confianza, entre otros, a las Jefaturas de División y de Unidad de los órganos Desconcentrados;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 019-PE-ESSALUD-99, se resuelve excluir de los Alcances de la Resolución de Gerencia General Nº 287-GG-IPSS-96, los cargos comprendidos en los niveles de Ejecutivo 5 y Ejecutivo 6, delegándose esta facultad de Designación a los Jefes de los Órganos Desconcentrados.

De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 43º y 44º...

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