PRODUCE DECRETO SUPREMO Nº 013-2011-PRODUCE - Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anguila (Ophichthus remiger) DECRETO SUPREMO Nº 013-2011-PRODUCE

Fecha de disposición01 Octubre 2011
Fecha de publicación01 Octubre 2011
SecciónSección Única
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 1 de octubre de 2011 450945
tiene como finalidad fundamental la obtención de
mayores niveles de eficiencia del aparato estatal,
de manera que se logre una mejor atención a la
ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los
recursos públicos;
Que, en el Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES,
aprobado por Decreto Supremo N° 011-2004-MIMDES,
se establecen las funciones operativas del Programa
Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, entre
otras, la de administrar y supervisar las transferencias
programáticas de programas nutricionales a los gobiernos
regionales y locales a n de garantizar la protección
integral de todos los niños y niñas; promover, identicar
y formular proyectos de apoyo a la seguridad alimentaria
considerando la participación de la población beneciaria
y el uso de recursos potenciales de las zonas donde se
ejecutarán; así como planear, dirigir, coordinar, ejecutar,
evaluar y controlar los programas, proyectos y actividades
de apoyo y seguridad alimentaria de competencia del
Sector, velando por el desarrollo de la gestión eciente
de los recursos humanos a su cargo, para el logro de sus
objetivos y metas;
Que, en el marco de la política de descentralización
que viene implementando el Gobierno Nacional y en
atención a las lamentables circunstancias ocurridas en la
Provincia de Cajabamba del Departamento de Cajamarca,
el Sector considera primordial la inmediata reorganización
administrativa del Programa Nacional de Asistencia
Alimentaria - PRONAA en el más breve plazo, con el
objetivo de mejorar y hacer más ecientes los procesos
de licitación, compra, supervisión, almacenamiento,
control de calidad y distribución de los productos a sus
beneciarios y el cumplimiento de sus funciones;
Que, de conformidad con el numeral 1 del artículo 36
las comisiones sectoriales son de naturaleza temporal,
creadas con nes especícos para cumplir funciones de
scalización, propuesta o emisión de informes técnicos.
Se crean formalmente por resolución ministerial del titular
a cuyo ámbito de competencia corresponden;
Que, se ha considerado necesario reorganizar
administrativamente el Programa Nacional de Asistencia
Alimentaria - PRONAA del Ministerio de la Mujer y
Desarrollo Social – MIMDES y constituir una comisión
sectorial encargada de evaluar, proponer los cambios
y formular las recomendaciones necesarias para la
optimización de la administración y gestión del referido
Programa Nacional;
Que, sin perjuicio de lo anterior, de conformidad con la
Tercera Disposición Complementaria Final de la Autógrafa
de la Ley de Creación, Organización y Funciones del
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social el Programa
Nacional de Asistencia Alimentaria PRONAA se
adscribirá a dicho Ministerio;
Que, en tanto entre en funciones el Ministerio de
Desarrollo e Inclusión Social, el Ministerio de la Mujer y
Desarrollo Social propondrá a la Presidencia del Consejo
de Ministros, Ministerio al cual se encuentra adscrita la
Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS), la
constitución de una Comisión Multisectorial de naturaleza
temporal con el objeto de llevar adelante la reorganización
administrativa del PRONAA;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27658
- Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado;
Ley N° 29597 - Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y su Reglamento
de Organización y Funciones, aprobado por Decreto
Supremo N° 011-2004-MIMDES;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Reorganización Administrativa del
Programa Nacional de Asistencia Alimentaría -
PRONAA
Declárese en reorganización administrativa el
Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA
del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES,
con la nalidad de evaluar, analizar, proponer y ejecutar
acciones y medidas de reforma administrativa y de
gestión.
Artículo 2.- Constitución de la Comisión Sectorial
Constitúyase una Comisión Sectorial encargada
de evaluar, proponer los cambios y formular las
recomendaciones necesarias para la optimización de
la administración y gestión del Programa Nacional de
Asistencia Alimentaria - PRONAA del Ministerio de la
Mujer y Desarrollo Social – MIMDES conformada por:
a. El (la) Viceministro (a) de Desarrollo Social del
Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, quien
la presidirá;
b. El (la) Director (a) Ejecutivo (a) del Programa
Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA;
c. El (la) Director (a) General de la Ocina General de
Planicación y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y
Desarrollo Social - MIMDES o su representante;
d. El (la) Director (a) General de la Ocina General
de Administración del Ministerio de la Mujer y Desarrollo
Social - MIMDES o su representante;
e. El (la) Director (a) General de la Dirección General
de Descentralización o su representante; y,
f. El (la) Director (a) General de la Dirección General
de Asesoría Jurídica.
g. Una delegada de la Confederación Nacional de
Mujeres Organizadas por la Vida y el Desarrollo Integral
(CONAMOVIDI), como representante de los beneciarios
de los servicios que presta el PRONAA.
Asimismo, la Contraloría General de la República
podrá designar, en el plazo de dos días hábiles, a un
representante como veedor o miembro de la Comisión.
El presidente de la Comisión designará al servidor
o funcionario público que desempeñará las labores de
secretario de dicha Comisión.
Artículo 3.- Objeto
La Comisión Sectorial tendrá como objeto evaluar
y proponer los cambios y formular recomendaciones
necesarias para la optimización de la administración y
gestión del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria
- PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social
– MIMDES.
Artículo 4.- Informe Final
La Comisión se instalará en el plazo de tres días
hábiles, computados a partir del día siguiente de la
publicación de la presente Resolución Ministerial,
debiendo presentar en el término de sesenta días hábiles
contados desde su instalación el informe nal sobre la
reorganización administrativa del Programa Nacional de
Asistencia Alimentaria - PRONAA del Ministerio de la Mujer
y Desarrollo Social – MIMDES, el que será entregado al
Despacho Ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AIDA GARCIA NARANJO MORALES
Ministra de la Mujer y Desarrollo Social
698158-1
PRODUCE
Reglamento de Ordenamiento Pesquero
del Recurso Anguila (Ophichthus
remiger)
DECRETO SUPREMO
Nº 013-2011-PRODUCE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA:
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 2º del Decreto Ley 25977 -
Ley General de Pesca, establece que los recursos
hidrobiológicos contenidos en aguas jurisdiccionales del
Perú son patrimonio de la Nación, correspondiendo al
Estado regular el manejo integral y la explotación racional

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR