R.J. Nº 83-2012/JNAC/RENIEC - Designan representante alterna del RENIEC ante la Comisión Multisectorial Permanente encargada del seguimiento, monitoreo y evaluación de la implementación del Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2013 - 2017

Fecha de disposición28 Marzo 2014
Fecha de publicación28 Marzo 2014
SecciónSección Única
El Peruano
Viernes 28 de marzo de 2014 519773
la ejecución de los procedimientos administrativos de
inscripción y que las Ocinas Registrales se encuentran
encargadas del procesamiento registral y demás funciones
inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la
Jefatura Nacional la creación y autorización de las que
fueren necesarias;
Que, el artículo 20° del Decreto Ley N° 22175, establece
que en cada una de las Comunidades Nativas debe haber
una Ocina de Registros del Estado Civil. Asimismo, en
cuanto al matrimonio civil en las Comunidades Nativas,
el artículo 262° del Código Civil señala que éste puede
tramitarse y celebrarse ante un comité especial;
Que, la Sub Gerencia de Integración de Registros
Civiles, a través del informe de vistos, señala que la
Comunidad Nativa Tipishca Cocha Anexo Caballito
Nazareth y Consuelo, Distrito de Morona, Provincia de
Datem del Marañón, Departamento de Loreto, no ha
presentado acta de conformación de comité especial, a
que se reere el considerando precedente;
Que, sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior,
la Ocina de Registros del Estado Civil que funciona en
la Comunidad Nativa Tipishca Cocha Anexo Caballito
Nazareth y Consuelo, Distrito de Morona, Provincia de
Datem del Marañón, Departamento de Loreto; a la cual
hacen referencia los informes de vistos, ha formalizado
su respectivo expediente de incorporación de Ocina
Registral, habiendo sido calicado positivamente por
la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles,
por la Gerencia de Registros Civiles, órgano técnico de
Registros del Estado Civil; y por la Gerencia de Procesos
de Registros Civiles, órgano encargado de supervisar y
controlar el proceso de autorización de delegación de
funciones de las Ocinas de Registros del Estado Civil en
Centros Poblados y Comunidades Nativas;
Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar
la delegación referida, a n de establecer la vinculación
funcional, cuya difusión debe garantizar el acceso de
la generalidad de usuarios a los diferentes servicios
registrales, dado el carácter público del registro; y
Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos
de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas
por Ley Nº 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de
Identicación y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 015-
98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones
de la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural
Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto
por el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo Nº
001-2009-JUS (15ENE2009);
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar la delegación de las funciones
registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m,
n, o y q del artículo 44° de la Ley N° 26497; así como
las acciones administrativas que correspondan, para
llevar adelante tal delegación, a la Ocina de Registros
del Estado Civil de la Comunidad Nativa Tipishca Cocha
Anexo Caballito Nazareth y Consuelo, Distrito de Morona,
Provincia de Datem del Marañón, Departamento de
Loreto.
Artículo 2°.- El Jefe de la Ocina de Registros del
Estado Civil de la Comunidad Nativa señalada en el
artículo 1°, queda encargado de las funciones registrales
cuya delegación se autoriza; así como de las acciones
administrativas que correspondan, para llevar adelante la
delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad
sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control
del RENIEC.
Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia
Técnica de Registros Civiles de la Gerencia de Registros
Civiles, proporcionará los Libros de Nacimiento y
Defunción, a la Ocina de Registros del Estado Civil de
la Comunidad Nativa Tipishca Cocha Anexo Caballito
Nazareth y Consuelo, Distrito de Morona, Provincia
de Datem del Marañón, Departamento de Loreto;
correspondiendo a la Jefatura Regional a cuya jurisdicción
pertenece, orientar e impartir instrucciones a ésta, a n
de que el procedimiento registral se realice conforme a
las normas legales, reglamentarias y administrativas,
que regulan las inscripciones en los Registros de Estado
Civil.
Artículo 4°.- Asimismo, la Sub Gerencia Técnica de
Registros Civiles de la Gerencia de Registros Civiles,
proveerá del respectivo Libro de Matrimonio, a la
Ocina de Registros del Estado Civil que funciona en la
Comunidad Nativa Santa Fe, Distrito de Nauta, Provincia
y Departamento de Loreto, de remitirse el acta de
conformación de comité especial, a que hace referencia
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional
1067860-1
Designan representante alterna del
RENIEC ante la Comisión Multisectorial
Permanente encargada del seguimiento,
monitoreo y evaluación de la
implementación del Plan Nacional para
las Personas Adultas Mayores 2013 -
2017
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 83-2012/JNAC/RENIEC
Lima, 27 de marzo de 2014
VISTOS: El Proveído N° 002230-2014/SGEN/RENIEC
(12MAR2014) de la Secretaria General; la Hoja de
Elevación N° 000081-2014/GPP/RENIEC (14MAR2014)
de la Gerencia de Planicación y Presupuesto; el Informe
000007-2014/GAJ/RENIEC (21MAR2014) de la
Gerencia de Asesoría Jurídica y la Hoja de Elevación N°
000183-2014/GAJ/RENIEC (21MAR2014) de la Gerencia
de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional
de Identicación y Estado Civil, con arreglo a los artículos
177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como
organismo constitucionalmente autónomo, con personería
jurídica de derecho público interno, que goza de
atribuciones en materia registral, técnica, administrativa,
económica y nanciera;
publicado en el diario ocial El Peruano el 16 de junio de
2013, se constituye la Comisión Multisectorial Permanente
encargada del seguimiento, monitoreo y evaluación de
la implementación del Plan Nacional para las Personas
Adultas Mayores 2013-2017;
Que el artículo 4° y 6° del Decreto Supremo antes
señalado, dispone se invite entre otros al Jefe Nacional
del RENIEC para que forme parte en calidad de miembro
supernumerario de la Comisión Multisectorial Permanente,
y se designe dos representante alternos mediante
Resolución Jefatural;
Que mediante Resolución Jefatural N° 268-2013/
JNAC/RENIEC (26AGO2013) se designaron a las
servidoras Maruja Gallardo Gutierrez de la Gerencia de
Restitución de la Identidad y Apoyo Social y Gladys Nancy
Neyra Gutierrez de la Sub Gerencia de Planicación
de la Gerencia de Planicación y Presupuesto, como
representantes alternas del RENIEC ante la Comisión
Multisectorial Permanente encargada del seguimiento,
monitoreo y evaluación de la implementación del Plan
Nacional para las Personas Adultas Mayores 2013-
2017;
Que mediante documento de vistos, la Gerencia de
Planicación y Presupuesto, propone la designación de
la señora Nara Elder Huarcaya Vásquez como represente
alterno del RENIEC ante la Comisión Multisectorial
Permanente encargada del seguimiento, monitoreo y
evaluación de la implementación del Plan Nacional para
las Personas Adultas Mayores 2013-2017, en remplazo
de la servidora Gladys Nancy Neyra Gutierrez, quien ha
dejado de laborar en la institución;
Que en tal sentido, en merito a lo establecido en el
artículo 6° del precitado Decreto Supremo, corresponde
se emita el acto resolutivo que disponga la designación
del representante alterno del RENIEC ante la Comisión
Multisectorial Permanente encargada del seguimiento,
monitoreo y evaluación de la implementación del Plan
Nacional para las Personas Adultas Mayores 2013-2017;

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