DECRETO SUPREMO Nº 003-2015-MINAM - Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición15 de Enero de 2015
El Peruano
Jueves 15 de enero de 2015
544746
Administración Pública, aprobados por Decreto Supremo
Nº 043-2006-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Manual de Operaciones del
Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO
RURAL, el mismo que consta de cinco (05) Títulos y
un (01) Anexo, y forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2.- Derogar la Resolución Ministerial N° 1120-
2008-AG del 23 de diciembre de 2008.
Artículo 3.- Dentro del plazo máximo de sesenta (60)
días calendario, contados a partir del día hábil siguiente
de publicada la presente Resolución en el Diario Ocial
El Peruano, la Dirección Ejecutiva del Programa de
Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL,
podrá dictar las medidas complementarias necesarias
para la adecuada aplicación de lo dispuesto en el Manual
de Operaciones, aprobado mediante el artículo 1 de la
presente Resolución, en el marco de la normativa de
gestión, administrativa, presupuestal, recursos humanos
y otras vigentes.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Ocial El Peruano; y en la
misma fecha publicar conjuntamente en los Portales
Institucionales del Ministerio de Agricultura y Riego (www.
minagri.gob.pe) y del Programa de Desarrollo Productivo
Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe), la
Resolución, el Manual de Operaciones y el Anexo, que
forman parte de la misma.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
1187920-1
AMBIENTE
Aprueban Reglamento de Organización
y Funciones del Servicio Nacional
de Certificación Ambiental para las
Inversiones Sostenibles - SENACE
DECRETO SUPREMO
N° 003-2015-MINAM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 29968, se dispuso la
creación del Servicio Nacional de Certicación Ambiental
para las Inversiones Sostenibles - SENACE, como
organismo público técnico especializado, con autonomía
técnica y personería jurídica de derecho público interno,
constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al
Ministerio del Ambiente;
Que, a través del Decreto Supremo N° 003-2013-
MINAM, se aprueba el cronograma y plazos para el
proceso de implementación del SENACE, habiéndose
previsto en la Segunda Etapa de dicho cronograma la
elaboración y aprobación de los instrumentos de gestión
del SENACE;
Que, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 29158
- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en la Ley N° 27658
- Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y
en los Lineamientos para la elaboración y aprobación del
Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte
de las entidades de la Administración Pública, aprobados
mediante Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, se ha
formulado el Reglamento de Organización y Funciones
- ROF del SENACE;
Que, el SENACE ha propuesto la aprobación del
Reglamento de Organización y Funciones, a partir del
cual se establece su estructura organizacional sobre
la base de los servicios que presta en el ámbito de sus
competencias;
Que, mediante el Informe N° 060-2014-PCM/SGP.
RFN, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia
del Consejo de Ministros emite opinión favorable;
De conformidad con el Numeral 8) del Artículo 118° de
creación del Servicio Nacional de Certicación Ambiental
para las Inversiones Sostenibles - SENACE, la Ley N°
29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27658
- Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y,
con el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM; que aprueba
los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del
Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte
de las entidades de la Administración Pública”; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1°.- Aprobación del Reglamento de
Organización y Funciones del Servicio Nacional
de Certicación Ambiental para las Inversiones
Sostenibles - SENACE
Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones
del Servicio Nacional de Certicación Ambiental para las
Inversiones Sostenibles - SENACE, que consta de seis (06)
Títulos, seis (06) Capítulos, setenta y tres (73) Artículos,
una (01) Disposición Complementaria Transitoria, dos
(02) Disposiciones Complementarias Finales y un (01)
organigrama de la estructura organizacional, cuyo texto,
en Anexo, forma parte integrante del presente Decreto
Supremo.
Artículo 2°.- Publicación
El presente Decreto Supremo es publicado en el diario
ocial El Peruano. El Reglamento de Organización y
Funciones - ROF del Servicio Nacional de Certicación
Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE,
aprobado en el artículo precedente es publicado en el
Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el
Portal Institucional del Servicio Nacional de Certicación
Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE
(www.senace.gob.pe), el mismo día de la publicación
del presente decreto supremo en el Diario Ocial El
Peruano.
Artículo 3°.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro del Ambiente.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
FINALES
Primera.- Implementación del ROF
Facúltese al Servicio Nacional de Certicación
Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE
para aprobar las normas complementarias necesarias
en el marco de la implementación del Reglamento de
Organización y Funciones.
Segunda.- Financiamiento
La aplicación del Reglamento de Organización
y Funciones del Servicio Nacional de Certicación
Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE, se
sujeta al presupuesto institucional, sin demandar recursos
adicionales al Tesoro Público.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce
días del mes de enero del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
MANUEL PULGAR-VIDAL OTALORA
Ministro del Ambiente
1188589-1

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