RESOLUCION, Nº 001-2016-JEE-LC1/JNE, ORGANOS AUTONOMOS - Admiten a trámite en parte solicitud de inscripción de formula de candidatos para la Presidencia y Vicepresidencias de la República, presentada por la Organización Política - Partido Político "Siempre Unidos", y declaran improcedente inscripción de candidato a la Segunda Vicepresidencia-RESOLUCION-Nº 001-2016-JEE-LC1/JNE
Fecha de disposición | 14 Enero 2016 |
Fecha de publicación | 15 Enero 2016 |
Sumilla: ADMITIR en parte y PUBLICAR la solicitud de inscripción de la fórmula de candidatos para la Presidencia y Vicepresidencia de la República, presentada por la Organización Política – Partido Político “SIEMPRE UNIDOS”; y Declarar IMPROCEDENTE la inscripción del candidato Isaac Humala Nuñez a la Segunda Vicepresidencia, presentada por su Personero Legal Titular – Manuel Benito Vásquez Pacherres.
EXPEDIENTE N° 0065-2016-032
Jesús María, 14 de enero de 2016
VISTO: expediente que contiene la solicitud de inscripción de la fórmula de candidatos para la Presidencia y Vicepresidencias de la República, presentada con fecha 11 de enero de 2016, por la Organización Política – Partido Político “SIEMPRE UNIDOS” representada por su Personero Legal Titular – Manuel Benito Vásquez Pacherres, en el marco de las Elecciones Generales del año 2016;
(…)
Por las consideraciones expuestas, este Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1, en uso de sus atribuciones, conferidas por los artículos 44° y 47° de la Ley Orgánica de Elecciones y 35° y 36° de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones;
RESUELVE:
ADMITIR en parte la solicitud de inscripción de la fórmula de candidatos para la Presidencia y Primera Vicepresidencia de la República, presentada por la Organización Política – Partido Político “SIEMPRE UNIDOS”, representada por su Personero Legal Titular – Manuel Benito Vásquez Pacherres, con el objeto de participar en las Elecciones Generales del año 2016, conforme al siguiente detalle:
[VER TABLA EN FICHERO ADJUNTO]
N° 09153143 por encontrarse impedido de postular conforme al literal e. del artículo 107° de la Ley Orgánica de...
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