RESOLUCION, Nº 7928-2015, ORGANOS AUTONOMOS, SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES - Autorizan a Prima AFP la apertura de agencia en el departamento de Piura-RESOLUCION-Nº 7928-2015

Fecha de disposición30 Diciembre 2015
Fecha de publicación14 Enero 2016

Lima, 30 de diciembre de 2015

El Intendente General de Supervisión Previsional

VISTOS:

La carta S/N, de fecha 22 de octubre de 2015, presentada por el Gerente General de la Administradora Privada de Fondos de Pensiones Prima AFP y el Informe N° 126-2015-DSIP, del Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales.

CONSIDERANDO:

Que, mediante solicitud recibida con fecha 18 de diciembre de 2015, el señor Renzo Ricci Cocchela, en representación de Prima AFP, solicita a esta Superintendencia se autorice a la citada Administradora Privada de Fondos de Pensiones, la apertura de su nueva agencia en el Centro Cívico N° 131 tienda 02, provincia de Talara, departamento de Piura;

Que, la citada AFP ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura de la nueva agencia solicitada;

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales, mediante Informe N° 126-2015-DSIP, de fecha de diciembre de 2015;

Contando con el visto bueno del Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales, y;

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N° 054-97-EF, y...

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