ORDENANZA, Nº 308, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO - Ordenanza que regula el horario de abastecimiento, carga y descarga de mercadería en establecimientos comerciales, así como de materiales de construcción, accesorios, acabados y/o similares en obras civiles en el distrito-ORDENANZA-Nº 308

Fecha de disposición31 Diciembre 2015
Fecha de publicación31 Diciembre 2015

San Juan de Lurigancho, 11 de diciembre de 2015

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE

SAN JUAN DE LURIGANCHO

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo del 11 de diciembre de 2015, los Informes Nº 0227-2015-SGTTV/GDE/MDSJL del 05 de agosto de 2015 y Nº 0295-2015-SGTTV-GDE/MDSJL de fecha 14 de octubre de 2015, de la Sub Gerencia de Transporte, Tránsito y Vialidad y los Informes Nº 235-2015-SGCOYS-GDE/MDSJL de fecha 28 de setiembre de 2015 y Nº 270-2015-SGCOYS-GDE/MDSJL de fecha 12 de octubre de 2015, de la Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones, sobre proyecto de Ordenanza; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 (en adelante la LOM) establece que, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; le corresponde al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, las mismas que tienen rango de ley, conforme al artículo 200º inciso 4) de la Carta Fundamental;

Que, el artículo 83 inciso 3 numeral 3.1 de la LOM establece que las municipalidades en materia de abastecimiento y comercialización de productos y servicios, ejercen las funciones específicas exclusivas para controlar el cumplimiento de las normas de higiene y ordenamiento del acopio, distribución, almacenamiento y comercialización de alimentos y bebidas, en concordancia con las normas provinciales;

Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Ordenanza Nº 1682 de fecha 20 de marzo de 2013, publicada el 14 de abril del mismo año, regula la prestación del servicio de transporte de carga y/o mercancías en la provincia de Lima Metropolitana, la cual constituye el marco al que debe adecuarse la ordenanza que se propone;

Que, mediante los Informes Nº 0227-2015-SGTTV/GDE/MDSJL del 05 de agosto de 2015 y Nº 0295-2015-SGTTV-GDE/MDSJL de fecha 14 de octubre de 2015, de la Sub Gerencia de Transporte, Tránsito y Vialidad, y los Informes Nº 235-2015-SGCOYS-GDE/MDSJL de fecha 28 de setiembre de 2015 y Nº 270-2015-SGCOYS-GDE/MDSJL de fecha 12 de octubre de 2015, de la Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones, con el visto bueno de la Gerencia de Desarrollo Económico, justifican la necesidad de regular el horario de abastecimiento, carga y descarga de mercaderías en establecimientos comerciales, así como materiales de construcción, accesorios, acabados y/o similares en obras civiles en el distrito de San Juan de Lurigancho;

Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 308-2015-GAJ-MDSJL del 13 de noviembre de 2015 y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 9º y por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el VOTO UNÁNIME del...

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