ORDENANZA, Nº 325-2015-MDI, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA - Ordenanza que regula la tenencia, protección y control de canes en el distrito de Independencia
Fecha de disposición | 17 Septiembre 2015 |
Fecha de publicación | 11 Noviembre 2015 |
Independencia, 17 de setiembre del 2015
POR CUANTO:
VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Técnico Nº 010-2015-JFCM-GGA/MDI e Informe Nº 37-2015-GGA/MDI de la Gerencia de Gestión Ambiental, Memorando Nº 1037-2015-GPPR/MDI de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, Informe Nº 179-2015-GAF/MDI de la Gerencia de Administración y Finanzas y Memorando Nº 1105-2015-GM/MDI de la Gerencia Municipal, sobre Ordenanza que Regula la Tenencia, Protección y Control de Canes en el Distrito de Independencia, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo reconoce el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, se reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, toda persona tiene derecho a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo, al aire y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, en concordancia con lo preceptuado por el artículo 2º inciso 22) de la Constitución Política del Perú;
Que, el artículo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización define en el numeral 9.1 a la autonomía política como aquella facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes;
Que, entre otras funciones específicas compartidas entre las Municipalidades Provinciales y Distritales en materia de saneamiento, salubridad y salud está la de controlar la sanidad animal, ello según lo dispuesto en el artículo 80º numeral 4.2 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27992;
Que, la Ley de Protección a los Animales Domésticos y a los Animales Silvestre Mantenidos en Cautiverio Nº 27265 declara de interés nacional la protección a todas las especies de animales domésticos y animales mantenidos en cautiverio contra todo acto de crueldad causado o permitido por el hombre, directa o indirectamente, que les ocasione sufrimiento innecesario, lesión, muerte;
Que, dentro las facultades que le otorga la Ley que Regula el Régimen Jurídico de Canes Nº 27596, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11 Diciembre 2001 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº006-2002-S.A.; publicado el 25 de Junio de 2002, a las...
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