RESOLUCION JEFATURAL, Nº 362 2015-SUNARP-Z.R. Nº IX/JEF, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS - Imponen sanción de suspensión a martillero público

Fecha de disposición10 Julio 2015
Fecha de publicación31 Octubre 2015

Lima, 10 de julio de 2015

VISTOS: La Hoja de Trámite 2013-028210-Z.R.NºIX/GBM del 25 de julio de 2013, la Resolución Jefatural N°011-2014-SUNARP-Z.R.NºIX/JEF del 09 de enero de 2014, el Dictamen Nº 046-2015-SUNARP-Z.R.NºIX/UAJ del 06 de julio de 2015.

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Hoja de Trámite 2013-028210-Z.R.N°IX/GBM de fecha 25 de julio de 2013, ingresó el oficio N°6646-2013-CSJLI/PJ remitido por el Secretario General de la Corte Superior de Justicia de Lima, Doctor Renato Paul Cobos Quenaya, donde pone en conocimiento de los documentos cursados por el Magistrado Coordinador de las Salas y Juzgados Civiles Subespecialidad Comercial, informándose del desarrollo irregular de la diligencia de remate conducida por el Martillero Público Jilmer Acevedo Rodríguez, en el remate judicial de fecha 05 de julio de 2013, sobre el inmueble constituído por el terreno rústico denominado “El Salitre” situado en la quebrada de Parca, distrito de Chilca, provincia de Cañete, Departamento de Lima, Exp.N°:8106-2009-0-1817-JR-CO-15, en el proceso seguido por Seguro Social de Salud ESSALUD contra Fernando del Solar Solimano, sobre Ejecución de garantías. Estos documentos que se acompañan son los siguientes: Oficio N°122-2013-SREMATES-FARU-CSJLI/PJ (ocurrencia de remate judicial del Exp.N°:8106-2009), copia certificada del acta de remate, fotos del acto de remate, asimismo se adjunta un CD, en el cual obra grabado el acto de remate y copia del registro de postores de la Sala de Remates. Asimismo se acompaña, copia certificada de la razón del secretario, que contiene la visualización del CD, de fecha 23 de octubre de 2013 y la copia certificada de la Resolución N° 73 de fecha 28 de octubre de 2013;

Que, el Artículo 13° del Reglamento del Procedimiento Sancionador Aplicable a Martilleros Públicos aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 218-2007-SUNARP/SN del 06 de agosto de 2007, establece que constituyen faltas o conductas sancionables las infracciones a las obligaciones y prohibiciones previstas en los Artículos 16° y 19° respectivamente de la Ley del Martillero Público, Ley N° 27728. Dichas infracciones podrán constituir falta leve, grave o...

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