RESOLUCION N° 22-GCAS-ESSALUD-2014 - Aprueban versión 02 de los formatos de las Cláusulas Generales del 'Contrato de Afiliación al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo - Salud' para empresas e Independientes, a ser utilizados en las Oficinas de Aseguramiento, Agencias de Seguros y Módulos de Seguros

Fecha de disposición16 Octubre 2014
Fecha de publicación16 Octubre 2014
El Peruano
Jueves 16 de octubre de 2014
534818
TRABAJO Y PROMOCION
DEL EMPLEO
Aprueban versión 02 de los formatos
de las Cláusulas Generales del
“Contrato de Afiliación al Seguro
Complementario de Trabajo de Riesgo -
Salud” para empresas e Independientes,
a ser utilizados en las Oficinas de
Aseguramiento, Agencias de Seguros y
Módulos de Seguros
RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL DE
ASEGURAMIENTO Nº 22-GCAS-ESSALUD-2014
Lima, 26 de setiembre de 2014
VISTA:
La Carta N° 712-GCAS-ESSALUD-2014 de la
Gerencia Central de Aseguramiento y la Carta Circular
N° 357-GCPS-EsSalud-2014, de la Gerencia Central de
Prestaciones de Salud;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la
Seguridad Social en Salud, estableció un nuevo modelo de
protección a la comunidad de trabajadores dependientes
e independientes; es así, que mediante Decreto Supremo
N° 009-97-SA, se dispuso la sustitución del Régimen del
Decreto Ley N° 18846, Ley de Accidentes de Trabajo y
Enfermedades Profesionales, por un nuevo sistema
denominado Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo
que comprende el amparo universal de los trabajadores,
sean empleados u obreros, que laboran en los centros
de trabajo de entidades empleadoras que desarrollan
las actividades descritas en el Anexo 5 del citado cuerpo
normativo, modif‌i cado por el Decreto Supremo Nº 003-
98-SA, que aprueba las Normas Técnicas del Seguro
Complementario de Trabajo de Riesgo;
Que, con Resolución de Gerencia General N° 1082-
GG-ESSALUD-2000, de fecha 29 de diciembre de 2000, se
aprueba, en vía de regularización a partir del 2 de agosto
de 1999, las Cláusulas Generales del Contrato de Af‌i liación
al EsSalud – Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo
– Empresas y las Cláusulas Generales del Contrato de
Af‌i liación al EsSalud – Seguro Complementario de Trabajo
de Riesgo – Independientes, y se faculta a la Gerencia
Central de Recaudación y Seguros (hoy Gerencia Central
de Aseguramiento), dentro del ámbito de su competencia,
a dictar las medidas convenientes y disponer la aprobación
de los instrumentos y procesos necesarios a ser utilizados
para la inscripción y af‌i liación de las entidades empleadoras
y de los trabajadores independientes al EsSalud Seguro
Complementario de Trabajo de Riesgo;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva
N° 533-PE-ESSALUD-2011, de fecha 20 de julio de
2011, se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento
de Organización y Funciones de la Gerencia Central de
Aseguramiento, cuyo primer artículo establece, que la
Gerencia Central de Aseguramiento es el órgano de línea
de la Gerencia General, rectora y normativa del Sistema
de Aseguramiento, encargada de administrar el Régimen
Contributivo de la Seguridad Social en Salud, seguros
encargados por Ley y otros seguros de salud y de riesgos
humanos de EsSalud;
Que, mediante Resolución de Gerencia Central de
Aseguramiento N° 032-GCAS-ESSALUD-2012, de fecha
29 de octubre de 2012, se aprobó en versión 1 los formatos
y formularios de la Gerencia Central de Aseguramiento,
cuyos numerales 2 y 4 aprueban las Cláusulas Generales
del Contrato de Af‌i liación, Seguro Complementario de
Trabajo de Riesgo – Salud, que comprende un original
(EsSalud) y una copia (Usuario) y las Cláusulas Generales
del Contrato de Af‌i liación, Seguro Complementario de
Trabajo de Riesgo – Independientes, que comprende un
original (EsSalud) y una copia (Af‌i liado);
Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de
la Gestión del Estado, tiene como f‌i nalidad fundamental
la obtención de mayores niveles de ef‌i ciencia del aparato
estatal, de manera que se logre una mejor atención a
la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los
recursos públicos, cuyo objetivo entre otros, es alcanzar
un estado al servicio de la ciudadanía;
Que, mediante Resolución de Gerencia General N°
1041-GG-EsSalud-99, se aprueba la Directiva N° 010-
GG-EsSalud-99, documento que señala en el numeral
7.1.7 disposiciones relativas al Aviso de Accidentes de
Trabajo,
Que, basados en la Directiva N° 10-GG-EsSalud-99,
mediante Carta Circular N° 357-GCPS-EsSalud-2014,
la Gerencia Central de Prestaciones de Salud precisa el
procedimiento a seguir en caso de que el establecimiento
de adscripción no cuente con Servicio de Emergencia,
señalando que debe referir al asegurado accidentado, al
centro inmediato que cuente con dicho servicio para el
trámite del Aviso de Accidente de Trabajo.
Que, considerando la normativa precedente, resulta
de vital importancia realizar algunas precisiones en el
literal c) de la cláusula decimosegunda del “Contrato de
Af‌i liación Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo
– Salud” y en el numeral 9.1. de la cláusula novena del
“Contrato de Af‌i liación a EsSalud Seguro Complementario
de Trabajo de Riesgo – Independiente”, respecto a la
entrega del Formato de Aviso de Accidente de Trabajo, las
que serán comprendidas en la versión 2 de los respectivos
formatos de contrato; así como dejar sin efecto la primera
versión de los mismos;
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones
conferidas;
SE RESUELVE:
Primero.- DEJAR SIN EFECTO a partir de la vigencia
de la presente resolución, la versión 1 de los formatos,
aprobados mediante Resolución de Gerencia Central
de Aseguramiento N° 032-GCAS-ESSALUD-2012,
correspondientes a:
Cláusulas Generales del Contrato de Af‌i liación,
seguro Complementario de Trabajo de Riesgo – Salud,
que comprende un original (EsSalud) y una copia (Usuario)
y Cláusulas Generales del Contrato de Af‌i liación,
Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo –
Independientes, que comprende un original (EsSalud) y
una copia (Af‌i liado).
PUBLICACIŁN OBLIGATORIA DE REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS
Se comunica a todas las Entidades del Sector Público que, conforme al Decreto Supremo
Nº 014-2012-JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS
DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de
acuerdo a lo establecido en los artículos 51º y 109º de la Constitución Política del Perú.
LA DIRECCION

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