ORDENANZA N° 073-2013/CM-MPH-M - Aprueban Plan Regulador del Servicio Regular de Transportes Urbano e Interurbano para la provincia de Huarochirí

Fecha de disposición15 Mayo 2014
Fecha de publicación15 Mayo 2014
El Peruano
Jueves 15 de mayo de 2014 523291
Articulación en la Atención y Prevención de la Violencia
familiar y Sexual, a Nivel Provincial, Distrital y Comunal.
Artículo Segundo.- RECONOCER como integrantes
de la Mesa de Concertación de Lucha Contra la Violencia
Familiar y Sexual de la Provincia de Huaral, la cual será
integrado por las siguientes instituciones:
• Municipalidad Provincial de Huaral.
• Municipalidades Distritales de la Provincia de
Huaral.
• La Gobernación Provincial.
• Fiscalía de Familia de Huaral.
• Juzgado Mixto de Familia de Huaral.
• Policía Nacional del Perú.
• Centro de Emergencia Mujer – Huaral.
• Red de Salud de Provincia de Huaral – Chancay.
• Organizaciones No Gubernamentales – ONG.
• Organizaciones de la Sociedad Civil.
Artículo Tercero.- IMPULSAR la Formulación y la
Ejecución del Plan Local de Lucha Contra la Violencia
Familiar y Sexual de la Mujer de la Provincia de Huaral,
en el marco del Plan Nacional Contra la Violencia hacia la
Mujer 2009 – 2015.
Artículo Cuarto.- COMPROMETER a las instituciones
que conforman la Mesa de Concertación de Lucha Contra
la Violencia Familiar y Sexual de la Provincia de Huaral,
asignar recursos para el desarrollo de las acciones de
atención y prevención, las cuales se plasmarán en un
Plan Local Concertado, orientados a la disminución de
la violencia familiar y sexual, de acuerdo al compromiso
adquirido, de manera anual.
Artículo Quinto.- INCORPORAR a la Mesa de
Concertación de Lucha Contra la Violencia Familiar y Sexual
de la Provincia de Huaral, como Órgano de Apoyo del Comité
Multisectorial de Salud de la Provincia de Huaral.
Artículo Sexto.- DECLARAR el mes de Marzo y
Noviembre de todos los años, como meses de la “No
Violencia contra la Mujer” e institucionalizar el Uso del
lazo Blanco en el pecho, como Símbolo representativo.
Artículo Sétimo.- DISPONER que la frecuencia de
reuniones de la Mesa de Concertación de Lucha Contra la
Violencia Familiar y Sexual de la Provincia de Huaral, no
deberá ser menor de dos (02) durante el año y al término
del mismo deberá propiciarse logros.
Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia
de Salud, OMAPED y DEMUNA, Unidad Orgánica
Dependiente de la Gerencia de Desarrollo Social,
para que realice las coordinaciones y acciones para la
creación, implementación y funcionamiento de la Mesa
de Concertación de Lucha Contra la Violencia Familiar y
Sexual de la Provincia de Huaral.
Artículo Noveno.- DISPONER la Publicación de la
presente Ordenanza en el Diario Of‌i cial El Peruano y en la
Página Web de la Institución Municipal (www.munihuaral.
gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
VICTOR HERNAN BAZÁN RODRIGUEZ
Alcalde Provincial
1082877-1
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE HUAROCHIRI
Aprueban Plan Regulador del Servicio
Regular de Transportes Urbano e
Interurbano para la provincia de
Huarochirí
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la
Municipalidad Provincial de Huarochiri, mediante Of‌i cio
N° 0103-2014/ALC-MPH-M, recibido el 14 de mayo de
2014)
ORDENANZA Nº 073-2013/CM-MPH-M
Matucana, 28 de setiembre del 2013
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE HUAROCHIRI – MATUCANA
POR CUANTO:
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha
28 de setiembre de 2013, el Dictamen Nº 001-2013-
CT/MPH-M de la Comisión de Transportes de la
Municipalidad Provincial de Huarochirí – Matucana,
Informe Nº 011-2013-GT-MPH-M, mediante el cual se
aprueba el Plan Regulador del Servicio Regular de
Transportes Urbano e Interurbano para la Provincia de
Huarochirí; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1.4) del Artículo 81º de la Ley
las Municipalidades en materia de tránsitos, viabilidad y
transporte público, pueden normar y regular el transporte
público y otorgar las correspondientes licencias o
concesiones de rutas para el transporte de pasajeros, así
como regular el transporte de carga e identif‌i car las vías y
rutas establecidas para tal objeto, de conformidad con las
Leyes y reglamentos
Que, el Reglamento se sustenta en el Artículo
192º, inciso 4) de la Constitución Política del Perú,
General de Transporte y Tránsito – Ley Nº 27181,
Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en
Vehículos Menores, Ley Nº 27189, Decreto Supremo
Nº 016-2009-MTC – Reglamento Nacional de Tránsito,
de Nacional de Administración de Transporte y sus
modif‌i caciones;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
11 de la Ley Nº 27181, la competencia normativa
en materia de transporte terrestre consiste en la
potestad de dictar los reglamentos que rigen en los
distintos niveles de la organización administrativa
nacional, siendo que aquellos de carácter general que
rigen en todo el territorio de la República y que son
de observancia obligatoria por todas las entidades
y personas de los sectores públicos y privado,
incluyendo a las autoridades del Poder Ejecutivo,
sus distintas entidades y los gobiernos regionales o
locales, serán de competencia exclusiva del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones;
Que, la acción de la Municipalidad Provincial de
Huarochirí - Matucana en materia de transporte y tránsito
terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades
de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de
seguridad y salud, así como a la protección del ambiente
y la comunidad en su conjunto;
Que, el Artículo 4º de Ley General de Transporte
y Tránsito Terrestre - Ley Nº 27181, señala: “De la
libre competencia y rol del Estado. 4.1 El rol estatal en
materia de transporte y tránsito terrestre proviene de las
def‌i niciones nacionales de política económica y social.
El Estado incentiva la libre y leal competencia en el
transporte, cumpliendo funciones que, siendo importantes
para la comunidad, no pueden ser desarrolladas por el
sector privado”;
Que, asimismo dicha Ley en su Artículo 17º regula
las competencias de las Municipalidades Provinciales,
estipulando en su numeral 17.1) que: “Las Municipalidades
Provinciales, en su respectiva jurisdicción y de
conformidad con las leyes y los reglamentos nacionales,
tienen Competencias normativa como: a) Emitir normas
y disposiciones, así como realizar los actos necesarios
para la aplicación de los reglamentos nacionales dentro
de su respectivo ámbito territorial. b) Jerarquizar la red
vial de su jurisdicción y administrar los procesos que
de ellos deriven, en concordancia con los reglamentos
nacionales correspondiente. c) Declarar, en el ámbito de
su jurisdicción, las áreas o vías saturadas por concepto
de congestión vehicular o contaminación, en el marco
de los criterios que determine el reglamento nacional
correspondiente.”;
Que, el Decreto Supremo Nº017-2009-MTC que
aprueba el Reglamento Nacional de Administración
de Transportes es uno de los reglamentos nacionales
derivados de la Ley Nº27181 – Ley General de

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