RESOLUCION JEFATURAL N° 275-2013/JNAC/RENIEC - Autorizan apertura de agencias en los departamentos de Cusco, Ucayali, Arequipa y Lima

Fecha de disposición05 Septiembre 2013
Fecha de publicación05 Septiembre 2013
El Peruano
Jueves 5 de setiembre de 2013 502337
Nº DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO CARGO DNI NOMBRES APELLIDO
PATERNO APELLIDO
MATERNO OBSERVACIÓN
45 UCAYALI CORONEL
PORTILLO CAMPOVERDE
ALCALDE DISTRITAL 41177739 MAXIMILIANO SUPA CARHUAS
Autoridad que asume el
cargo provisionalmente y
mantiene su cargo como
regidor titular
REGIDORA DISTRITAL 00117022 RAYDA LÓPEZ MARCELO Autoridad que asume el
cargo provisionalmente
REGIDOR DISTRITAL 42185585 RIBENTÓN SÁNCHEZ RENGIFO Autoridad que asume el
cargo provisionalmente
REGIDORA DISTRITAL 45532084 LILIA ESTHER RAMÍREZ TANANTA Autoridad que asume el
cargo provisionalmente
REGIDOR DISTRITAL 40419783 GUSTAVO RAFAEL CUZCANO VARGAS Autoridad que asume el
cargo provisionalmente
REGIDORA DISTRITAL 40587261 MARÍA ISABEL FARRO BERMEJO Autoridad que asume el
cargo provisionalmente
Artículo Sexto.- SOLICITAR al Poder Ejecutivo la
convocatoria al proceso de Nuevas Elecciones Municipales
2014 en las circunscripciones electorales detalladas en el
artículo segundo de la presente resolución.
Artículo Séptimo.- PONER la presente
resolución en conocimiento del Poder Judicial, del
Ministerio Público, de la Presidencia del Consejo de
Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas,
del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa,
de la Contraloría General de la República, de la
Defensoría del Pueblo, del Banco de la Nación, del
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y
de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para
los fines pertinentes.
Artículo Octavo.- DISPONER la publicación de
la presente resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano
y en el portal institucional del Jurado Nacional de
Elecciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
PEREIRA RIVAROLA
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
VELARDE URDANIVIA
Samaniego Monzón
Secretario General
983956-2
REGISTRO NACIONAL
DE IDENTIFICACION
Y ESTADO CIVIL
Autorizan apertura de agencias en
los departamentos de Cusco, Ucayali,
Arequipa y Lima
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 273-2013/JNAC/RENIEC
Lima, 4 de setiembre de 2013
VISTOS: El Informe N° 000035-2013/GOR/JR9CUS/
RENIEC (05JUL2013), emitido por la Jefatura Regional
9 – Cusco de la Gerencia de Operaciones Registrales;
la Hoja de Elevación N° 000364-2013/GOR/RENIEC
(08JUL2013), emitida por la Gerencia de Operaciones
Registrales, y el Informe N° 001308-2013/GAJ/RENIEC
(15JUL2013), emitido por la Gerencia de Asesoría
Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que el Registro Nacional de Identif‌i cación y Estado
Civil es un organismo constitucionalmente autónomo,
encargado de manera exclusiva y excluyente, de organizar
y actualizar el Registro Único de Identif‌i cación de las
Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y
actos relativos a su capacidad y estado civil;
Que el artículo 11° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica
del Registro Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil,
establece que el Jefe Nacional del RENIEC, tiene la
facultad de designar las of‌i cinas registrales en todo
el país. Asimismo, está autorizado para efectuar las
modif‌i caciones convenientes para el mejor servicio a
la población, creando las dependencias que fueren
necesarias;
Que en ese mismo sentido, los artículos 11° y 13°
del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 015-98-PCM, establecen
que cada of‌i cina registral estará dotada de los mecanismos
suf‌i cientes para atender a la población, facultando al Jefe
Nacional la decisión sobre la creación de las mismas,
atendiendo a las circunstancias, densidad de la población
o localidades donde no exista of‌i cina registral;
Que mediante documento de vistos la Jefatura Regional
9 – Cusco, señala que de las coordinaciones efectuadas
con las autoridades de la Universidad Nacional de San
Antonio de Abad del Cusco, a partir del Convenio de
Cooperación Interinstitucional celebrado con dicho Centro
de Estudios Superiores el 20 de junio de 2013, la Entidad
Educativa antes mencionada ha cedido al RENIEC un
ambiente ubicado dentro del campus universitario, sito en
la Av. Cultura N° 733, del distrito, provincia y departamento
del Cusco para el funcionamiento de la Agencia RENIEC,
a cargo de la Jefatura Regional 9 – Cusco, situación que
benef‌i ciará a una población de 16,639 estudiantes;
Que la Gerencia de Operaciones Registrales mediante
documento de vistos señala, que en la citada Agencia se
vienen realizando actividades desde el 20 junio de 2013,
por lo que resulta necesario formalizar el inicio de dichas
actividades a través de la correspondiente resolución
jefatural;
Que en virtud a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo
17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General, la autoridad administrativa podrá disponer en el
mismo acto administrativo que éste tenga ef‌i cacia anticipada
a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados,
y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses
de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera
en la fecha a la que pretenda retrotraerse la ef‌i cacia del acto
el supuesto de hecho justif‌i cativo para su adopción; en tal
sentido, resulta legalmente viable autorizar la apertura de
la Agencia RENIEC en el local de la Universidad Nacional
de San Antonio Abad del Cusco, con ef‌i cacia anticipada al
20 de junio de 2013, en los términos recomendados por los
órganos competentes;
Que la presente Resolución Jefatural debe ser
puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la
correspondiente publicación; y,

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