ORDENANZA N° 127-00-CMPP - Aprueban proyecto que establece las fechas de celebración de Matrimonios Civiles Comunitarios en el año 2013

Fecha de publicación12 Julio 2013
Fecha de disposición12 Julio 2013
El Peruano
Viernes 12 de julio de 2013 499197
Que, de conformidad a lo preceptuado en el inciso 6)
del Artículo 93º del cuerpo normativo municipal, dentro
de las facultades especiales de las Municipalidades
se encuentra la de Disponer la Pintura Periódica de las
Fachadas y el Uso o No Uso de determinados colores.
Que, el 28 de Julio del presente año, se celebra el
192º Aniversario de la Proclamación de la Independencia
del Perú.
Que, con tal motivo durante el mes de Julio se
realizan diversas actividades patrióticas que fortalecen los
sentimientos de identidad nacional y profundo respeto y
amor a nuestros símbolos patrios; por ello la Municipalidad
Provincial de Huaral considera conveniente resaltar este
hecho trascendente, como una demostración de especial
civismo, debemos cumplir con el embanderamiento
general de todos los inmuebles en nuestra jurisdicción.
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones
conferidas por el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley
Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER el
EMBANDERAMIENTO GENERAL de las Viviendas,
Locales Comerciales e Instituciones Públicas y Privadas
con Sede en Nuestro Distrito Capital de la Provincia de
Huaral, desde el 12 hasta el 31 de Julio del 2013, con
motivo de conmemorarse el CXCII Aniversario de la
Independencia del Perú.
Artículo Segundo.- INVOCAR a los vecinos del Distrito
Capital de la Provincia de Huaral, cumplir con la limpieza
y pintado de las fachadas de sus predios, para mejorar el
Ornato de la Ciudad; invitándolos a concurrir y participar de
los Actos Celebratorios por el Aniversario Patrio.
Artículo Tercero.- OFICIAR a las Empresas Telefónica
del Perú S.A., Edelnor S.A. y EMAPA HUARAL S.A., a f‌i n
que de acuerdo a lo dispuesto por el presente Decreto de
Alcaldía, cumplan con la limpieza y pintado de sus postes
e instalaciones.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal,
Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental,
Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y
Control, Gerencia de Desarrollo Social y Económico y
la Sub Gerencia de Imagen Institucional, cumplan con
la difusión e implementación del presente Decreto de
Alcaldía, en lo que les corresponda.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de
Tecnologías de la Información y Sistemas, que el presente
Decreto de Alcaldía sea Publicado en la Pagina Web de
esta Corporación Edil (www.munihuaral.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
VICTOR HERNAN BAZAN RODRIGUEZ
Alcalde Provincial
960179-1
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE PIURA
Aprueban proyecto que establece las
fechas de celebración de Matrimonios
Civiles Comunitarios en el año 2013
ORDENANZA Nº 127-00-CMPP
San Miguel de Piura, 22 de febrero de 2013
Visto, el Dictamen N° 002-2013-CPP/CPYS, de fecha
1 de febrero de 2013, de la Comisión de Población y Salud
de la Municipalidad Provincial de Piura; y,
ONSIDERANDO:
señala: “La comunidad y el Estado protegen especialmente
al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación
de abandono. También protegen a la familia y promueven
el matrimonio. Reconocen a estos últimos como institutos
naturales y fundamentales de la sociedad (...) “.
Que, conforme a lo establecido en el artículo 9°
N° 27972 corresponde al Concejo Municipal: “Crear,
modif‌i car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas,
arbitrios, licencias y derechos conforme a ley”;
Que, el artículo 40° de la precitada Ley Orgánica,
establece que: “Las Ordenanzas de las municipalidades,
en la materia de su competencia, son las normas de
carácter general de mayor jerarquía en la estructura
normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba
la organización interna, la regulación, administración,
supervisión de los servicios públicos y las materias en
las que la municipalidad tiene competencia normativa.
Mediante Ordenanzas se crean, modif‌i can, suprimen
o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y
contribuciones dentro de los límites establecidos por ley
(...) “;
Que, mediante el Informe N° 07-2013-OPSEH/MPP,
de fecha 08 de enero de 2013, remite el Informe N° 007-
2013-DRC-OPSeH/MPP, de la División de Registros
Civiles, que adjunta el Proyecto de Matrimonio Civil
Comunitario 2013, el cual se encuentra enmarcado dentro
el Plan de Trabajo de la División de Registros Civiles;
Que, el objetivo del proyecto es realizar 50 matrimonios
por ceremonia, como un mecanismo de regularizar
la situación legal de las familias de escasos recursos
económicos, exonerándoseles del pago de los derechos
establecidos en el Texto Único Ordenado de Tasas que a
la fecha es de S/. 133.40 (CIENTO TREINTA Y TRES CON
40/100 NUEVOS SOLES) por cada matrimonio, debiendo
los contrayentes acreditar su estado de convivencia y su
precaria situación económica; .
Que, conforme a las normas legales vigentes, los
requisitos exigidos a los contrayentes favorecidos por
este proyecto, son los mismos que para el matrimonio
ordinario, debiéndose efectuar la publicación de un único
aviso Matrimonial (Edicto), en un diario de la Localidad,
ocho dias antes de la realización de la ceremonia, cuyo
pago será cubierto por los contrayentes;
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, con Informe N°
093-2013-GAJ/MPP, de fecha 15 de enero de 2013, opina
que el Proyecto se encuentra dentro de la normatividad
legal vigente, por lo que previo Dictamen de la Comisión
de Población y Salud, deberá elevarse al Pleno del
Concejo para su aprobación;
Que, la Comisión de Población y Salud, a través
del Dictamen del Visto, se pronuncia favorablemente
por la aprobación del Proyecto de Matrimonio Masivo,
presentado por la División de Registros Civiles;
Que, sometida la recomendación de la Comisión
de Población y Salud a consideración de los señores
regidores en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15
de febrero de 2013, mereció su aprobación, por lo que
de conformidad con el Art. 40° de la Ley Orgánica de
Municipalidades N° 27972;
SE ORDENA:
Artículo Primero.- Aprobar el Proyecto de Matrimonio
Civil Comunitario, que establece la celebración de
Matrimonios Civiles Comunitarios en el año 2013, en las
siguientes fechas:
Primera Ceremonia : 4 de mayo 2013
Segunda Ceremonia : 20 de julio 2013
Tercera Ceremonia : 5 de octubre 2013
Cuarta Ceremonia : 14 de diciembre 2013
Artículo Segundo.- Exonerar del pago de S/. 133.40
(Ciento treinta y tres y 40/100 nuevos soles), que establece
el Texto Único Ordenado de Tasas, a cada pareja.
Artículo Tercero.- Dése cuenta a las Comisiones
de Población y Salud y de Economía y Administración,
Gerencia de Medio Ambiente, Población y Salud, División
de Registros Civiles, a la Of‌i cina de Imagen Institucional
y Comunitaria y a la Gerencia de Tecnología y Sistema de
Información para los f‌i nes consiguientes.
Regístrese, comuníquese, cúmplase, publíquese y
archívese.
RUBY RODRÍGUEZ VDA. DE AGUILAR
Alcaldesa
960920-1

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