DECRETO DE ALCALDIA N° 02-2013-MSS - Modifican el Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios correspondiente al sector del distrito de Surco conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana

Fecha de disposición03 Febrero 2013
Fecha de publicación03 Febrero 2013
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 3 de febrero de 2013 487449
dejar sin efecto el Plano signado con el N° 035-2012-
SGCyHU-GDU-MDSMP y aprobar la Regularización de
Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de
Densidad Media “R4” y Densidad Alta “R-5” del terreno
de 85,100.00 m2, constituido por la acumulación de las
Parcelas signadas con UC 10227, 10540, 10541 y 10542,
denominada Parcela 10540 del Ex Fundo Santa Rosa,
inscrito en la Partida Electrónica Nº 11306916 de la Zona
Registral N° IX-Sede Lima - SUNARP, sobre el cual se
desarrolla el Programa de Vivienda Las Casuarinas de
Santa Rosa, de conformidad con el nuevo Plano signado
con el N° 058-2012-SGCyHU-GDU-MDSMP y la nueva
Memoria Descriptiva, ubicado en el Distrito de San Martín
de Porres, provincia y departamento de Lima. Asimismo
precisar que el administrado ha cumplido con acreditar
la cancelación del pago fraccionado por concepto
de Valorización de Proyectos y Control de Obra cuyo
fraccionamiento fue aprobado con Resolución de Sub
Gerencia N° 116-2012-SGCHU-GDU-MDSMP.
Que con Informe N° 538-2012-RPG-GDU-MDSMP del
22.11.2012, el asesor legal de la Gerencia de Desarrollo
Urbano señala que, el articulo 201° en su numeral 201.1
de la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley
Nº 27444, establece que “(…) Los errores material
o aritmético en los actos administrativos pueden ser
rectif‌i cados con efecto retroactivo, en cualquier momento,
de of‌i cio o a instancia de los administrados, siempre que
no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de
la decisión. Asimismo habiendo cumplido el administrado
con la cancelación total del fraccionamiento dispuesto en la
Resolución de Sub Gerencia N° 116-2012-SGCHU-GDU-
MDSMP del 24.05.2012, por concepto de Valorización de
Proyectos y Control de Obra, acreditando dicho pago con
el Recibo N° 3812048155 del 08.11.2012 por el monto de
S/. 13,674.00 Nuevos Soles, correspondiendo emitir el
acto administrativo a favor del administrado.
Que de acuerdo con el Artículo 194º, numeral 6) del
Artículo 195º de nuestra Carta Magna, las municipalidades
provinciales y distritales son órganos de gobierno local.
Tienen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia; y le corresponde planif‌i car
el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones y
ejecutar los planes y programas correspondientes,
De conformidad con el artículo 20, inciso 6) de
artículo 201, incisos 1) y 2) de la Ley Nº 27444 – Ley
de Procedimiento Administrativo General; Reglamento
Nacional de Construcciones, Ley Nº 26878 - Ley General
de Habilitaciones Urbanas, su Texto Único Ordenado del
Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-
MTC, Ordenanza N° 341-MML;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO el Plano
signado con el Nº 035-2012-SGCHU-GDU-MDSMP y
Memoria Descriptiva,; consecuentemente APROBAR el
nuevo Plano signado con el N° 058-2012-SGCHU-GDU-
MDSMP y Memoria Descriptiva, sobre Regularización de
Habilitación Urbana Ejecutada para uso Residencial de
Densidad Media “R4” y Densidad Alta “R-5” del terreno
de 85,100.00 m2, constituido por la acumulación de
las Parcelas signadas con UC 10227, 10540, 10541 y
10542, denominada Parcela 10540, del Ex Fundo Santa
Rosa, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11306916 de
la Zona Registral N° IX-Sede Lima - SUNARP, sobre
el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Las
Casuarinas de Santa Rosa, ubicado en el Distrito de
San Martín de Porres, provincia y departamento de
Lima.
Artículo Segundo.- RECTIFICAR el décimo primer
considerando de la Resolución de Sub Gerencia N° 236-
2012-SGCHU-GDU-MDSMP donde dice: dejando en el
terreno… el área de 601.25m2 como aporte a Serpar …
deberá decir: “… el área de 601.25m2 como aporte a
OTROS FINES…”
Artículo Tercero.- ESTABLECER la conformidad
de la cancelación total de S/. 13,674.00 Nuevos Soles
según Recibo N° 3812048155 por el pago fraccionado
por concepto de Valorización por Proyectos y Control de
Obra cuyo fraccionamiento fue aprobado con Resolución
de Sub Gerencia N° 116-2012-SGCHU-GDU-MDSMP del
24.05.2012.
Artículo Cuarto.- RATIFICAR todo lo demás señalado
en la Resolución de Subgerencia Nº 236-2012-SGCHU-
GDU/MDSMP de fecha 11 de Setiembre de 2012.
Articulo Quinto.- REMITIR a la Municipalidad
Metropolitana de Lima copia certif‌i cada de las piezas
necesarias, para su ratif‌i cación, al Ministerio de
Educación, y al Servicio de Parques – SERPAR LIMA para
su conocimiento y a la Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos de Lima para su inscripción.
Artículo Sexto.- NOTIFICAR el presente acto
administrativo a la Asociación de Vivienda Las Casuarinas
de Santa Rosa del Distrito de San Martín de Porres,
representada por su Gerente General don Jaime Hugo
Gallegos Gonzáles.
Regístrese, comuníquese y cúmplase
ELIANA LEDESMA CUEVA
Sub Gerente de Catastro y Habilitaciones Urbanas
896735-1
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Modifican el Reglamento de
Parámetros Urbanísticos y Edificatorios
correspondiente al sector del distrito
de Surco conformante del Área de
Tratamiento Normativo III de Lima
Metropolitana
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 02-2013-MSS
Santiago de Surco, 25 de enero de 2013
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO:
VISTOS:
El Informe Nº 07-2013-GDU-MSS de la Gerencia
de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 618-2012-SGPUC-
GDU-MSS de fecha 20.12.12, de la Subgerencia de
Planeamiento Urbano y Catastro, el Informe Nº 023-2013-
SGLAU-GDU-MSS de fecha 07.01.13 de la Sub Gerencia
de Licencias y Autorizaciones Urbanas, el Informe Nº 567-
2012-SGDE-GDU-MSS de fecha 28.12.12 y el Informe Nº
020-2013-GAJ-MSS, de la Gerencia de Asesoría Jurídica,
sobre incorporaciones y modif‌i caciones al Decreto de
Alcaldía Nº 20-2011-MSS, “Reglamento de Parámetros
Urbanísticos y Edif‌i catorios correspondientes al Sector del
Distrito conformante del Área de Tratamiento Normativo III
de Lima Metropolitana;
CONSIDERANDO:
Perú, modif‌i cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº
27680, concordante con el Artículo II del Título Preliminar
establece que los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, precisando la última norma que, la autonomía
que la Constitución Política del Perú establece para las
municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de
gobierno, actos administrativos y de administración, con
sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, conforme a lo establecido en el numeral 6
modif‌i cada por la Ley de Reforma Constitucional
Nº 27680, las municipalidades son competentes
para planif‌i car el desarrollo urbano y rural de sus
circunscripciones, incluyendo la zonif‌i cación, urbanismo y
el acondicionamiento territorial;
Que, por su parte, el Artículo IX del Título Preliminar

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