Determinación alternativa de la pena: Presupuestos. R. N. Nº 1524-2004

AutorCésar Eugenio San Martín Castro
Cargo del AutorVocal titular de la Corte Suprema. Profesor principal de Derecho Procesal de la Pontificia Universidad Católica del Perú
Páginas887-889
SERIE DE EJECUTORIAS CON CONTENIDO RELEVANTE 887
4.- OPINIÓN:
Por estas consideraciones, esta Fiscalía Suprema en lo Penal Transitoria,
Opina HABER NULIDAD de la citada sentencia en el extremo que FALLA:
CONDENANDO a Jorge Díaz Terrones a SEIS AÑOS de pena privativa de la
libertad, por el delito Abigeato en su grado de Tentativa, en agravio de Rafael
Salazar Arévalo; y REFORMÁNDOLA se CONDENE a Jorge Díaz Terrones
a CUATRO AÑOS de pena privativa de la libertad SUSPENDIDA en su
ejecución por un período de prueba de DOS AÑOS, y sometido a las reglas de
conducta pertinentes, por el delito Abigeato en su grado de Tentativa, en agravio
de Rafael Salazar Arévalo.
Lima, 13 de junio de2005.
[196] DETERMINACIÓN ALTERNATIVA DE LA PENA:
Presupuestos
EXTRACTO
«… [Se] ha aplicado correctamente el principio de determinación alternativa
–delito de receptación por robo agravado– desde que se presentan los presupuestos
para su invocación, como son: a) homogeneidad del bien jurídico, b) inmutabilidad
de los hechos y las pruebas, c) preservación del derecho de defensa, d) coherencia
entre los elementos fácticos y normativos para realizar la correcta adecuación del
tipo, y e) la favorabilidad [en beneficio del acusado]…»
TEMAS ABORDADOS:
Principio de determinación alternativa. Pena de multa.
SALA PENAL PERMANENTE
R. N. N° 1524-2004
CAÑETE
Lima, veinte de agosto de dos mil cuatro.
VISTOS; por los fundamentos de la recurrida; y CONSIDERANDO además,
Primero:
Que conoce del presente proceso este Supremo Tribunal por haber interpuesto
recurso de nulidad los encausados Jorge Luis Rosas Yactayo y Luis Alberto Valencia
Palomino contra la sentencia de fojas seiscientos noventisiete en el extremo
condenatorio.
Segundo:
Que el encausado Rosas Yactayo –*condenado como autor del
delito de robo agravado y tentativa de homicidio, a diez años de pena privativa de

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