Sentencia absolutoria: Supuestos para su expedición. R. N. N° 3004-2004

AutorCésar Eugenio San Martín Castro
Cargo del AutorVocal titular de la Corte Suprema. Profesor principal de Derecho Procesal de la Pontificia Universidad Católica del Perú
Páginas880-883
JURISPRUDENCIA Y PRECEDENTE PENAL VINCULANTE880
oposición de reo en cárcel»; dicha norma se refiere a un caso de acumulación
facultativa, en la que existe conexiones complejas por la pluralidad de agentes y
delitos; en el caso sub análisis, si bien es verdad, existe pluralidad de agentes,
también es de observarse que sólo a uno de ellos se le incrimina liderar la agrupación
antes señalada; advirtiéndose, que tampoco existe pluralidad de delitos, toda vez
que el delito materia de juzgamiento es el de Terrorismo en sus diversas
modalidades, de lo que se desprende que no se trata de una conexión compleja y
consecuentemente tampoco de una acumulación facultativa; de tal suerte que, en la
acumulación de los mencionados procesos se ha procedido conforme a los alcances
del inciso 1 del artículo 21° del Código de Procedimientos Penales, por cuanto en
todas ellas existe la unidad de incriminación contra la procesada Elena Albertina
Iparraguirre Revoredo; asimismo, la acumulación de los procesos sub materia no
afecta el derecho del procesado a ser juzgado dentro de un plazo razonable, toda vez
que sus efectos inciden en el juzgamiento conjunto de procesos conexos, los mismos
que no tienen un régimen procesal diferencial con respecto al plazo de juzgamiento;
respondiendo la acumulación de las causas aludidas a la aplicación del principio de
la unidad del proceso en la investigación y el juzgamiento, a fin de evitar sentencias
contradictorias que lesionarían el principio de justicia dimanantes de la potestad
jurisdiccional. Consideraciones, por las que este Despacho opina estar acorde con
el pronunciamiento del colegiado.
En tal virtud, esta Fiscalía Suprema propone a la Sala de su Presidencia, se
CONFIRME la resolución recurrida.
Lima, 26 de Julio de 2004.
[194] SENTENCIA ABSOLUTORIA:
Supuestos para su expedición
EXTRACTO
«… son supuestos para la expedición de una sentencia absolutoria, la insuficiencia
probatoria que resulta incapaz de desvirtuar la presunción de inocencia o la
invocación del principio del indubio pro reo cuando existe duda razonable respecto
a la responsabilidad penal del procesado; que el primer supuesto está referido al
derecho fundamental previsto en el artículo segundo, inciso veinticuatro, literal
«e», de la Constitución Política del Estado, que crea en favor de los ciudadanos el
derecho de ser considerados inocentes mientras que se presente prueba suficiente
para destruir dicha presunción; que el segundo supuesto se dirige al juzgador como
una norma de interpretación para establecer que en aquellos casos en los que se ha
desarrollado una actividad probatoria normal, si las pruebas dejaran duda en el
ánimo del juzgador, deberá absolver al encausado.»

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