Juicio oral: Es improcedente la solicitud de renuncia a nuevo juicio oral cuando esta no es favorable. R. N. N° 798-2004

AutorCésar Eugenio San Martín Castro
Cargo del AutorVocal titular de la Corte Suprema. Profesor principal de Derecho Procesal de la Pontificia Universidad Católica del Perú
Páginas871-874
SERIE DE EJECUTORIAS CON CONTENIDO RELEVANTE 871
también sostiene que éste conocía de la droga y que estaba destinada para Tacna;
en igual sentido declaran Yony Moreno Silva y Welinton Esquivel Sánchez a fs.
487 y 637/638; a todo ello se suma, lo manifestado por Roger Espinoza Ibarra a fs. 70
quien señala «(....) luego de unos minutos llegó mi amigo Welinton Esquivel Sánchez,
con su acompañante Andrés Doria Cruz ó Mabel Ureta Calderón, entregándome el
primero de los nombrados la mochila con la droga (marihuana) (...) incluso la persona
llamada Andrés Doria Cruz o Mabel Ureta Calderón, a quien mi amigo Welintón
Esquivel Sánchez cuando conversábamos lo llamaba como «URETA», esta persona
me dijo textualmente «no te preocupes allá te vamos a pagar» (...) «:anudado a ello
obran el Acta de Registro Domiciliario, Prueba de Campo, Pesaje, Comiso de Droga
e Incautación de especies (fs. 72/78) Acta de Registro Domiciliario e Incautación de
Especies y documentos (fs. 79/80), Acta de Registro Domiciliario (fs. 81), Acta de
Registro Personal (fs. 82), Acta de Registro Personal e Incautación (fs. 83), Pasajes
(fs. 129), Paneaux Fotográfico (fs. 139/142), Resultado Preliminar de Análisis Químico
(fs. 229) y Examen pericial de Química (fs. 331). Consecuentemente, estando a lo
expuesto, este Ministerio opina estar acorde con la recurrida.
En tal virtud, esta Fiscalía Suprema en lo Penal propone se declare NO
HABER NULIDAD en la sentencia venida en grado.
Lima 04 de Julio del 2005.
[191] JUICIO ORAL:
Es improcedente la solicitud de renuncia a nuevo
juicio oral cuando esta no es favorable
EXTRACTO
«… [Es improcedente la solicitud de renunciar a nuevo juicio oral, por que]…
la iniciación de un nuevo proceso, no representa en sí una situación de hecho
desfavorable al procesado por el interrogatorio y la actuación probatoria a
realizarse,… ello en razón a que el proceso penal no se constituye como fenómeno
nocivo en el ordenamiento jurídico de una nación, sino propiamente como una
garantía constitucional, concretada en la máxima nullum poena sine previa lege
penale et sine previo processo penale…»
TEMAS ABORDADOS:
Principios generales del derecho. Principio de legalidad. Debido proceso. Nulidad
de procesos.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR