Delito de tráfico ilícito de drogas: Aplicación estricta de los plazos establecidos para los efectos de interponer recurso de nulidad. R. N. N° 3372-2004

AutorCésar Eugenio San Martín Castro
Cargo del AutorVocal titular de la Corte Suprema. Profesor principal de Derecho Procesal de la Pontificia Universidad Católica del Perú
Páginas543-544
SERIE DE EJECUTORIAS CON CONTENIDO RELEVANTE 543
[123] DELITO DE TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS:
Aplicación estricta de los plazos establecidos para
los efectos de interponer recurso de nulidad
EXTRACTO
prescribe que el recurso de nulidad se interpondrá dentro del día siguiente de la
expedición y lectura de la sentencia; que, por consiguiente, como ésta se emitió el
nueve de diciembre de dos mil tres y el recurso recién se interpuso el veintisiete de
enero de dos mil cuatro, su extemporaneidad es evidente; que es de precisar que aún
cuando aparece copia de un oficio dirigido a la Procuraduría remitiendo copia de la
sentencia absolutoria, trámite por demás excesivo en tanto que –como es obvio- sólo
se notifican las resoluciones a las partes que están debidamente apersonadas en la
sede del órgano judicial correspondiente, ello en modo alguno importa extender los
plazos para impugnar ni puede configurar una excepción judicial a una norma
imperativa, como es la que regula los plazos para recurrir».
TEMAS ABORDADOS:
Delito de tráfico ilícito de droga. Plazos para interponer recurso de nulidad.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA PENAL PERMANENTE
R. N. N° 3372 – 2004
LA LIBERTAD
Lima, doce de octubre de dos mil cinco.-
VISTOS; el recurso de nulidad interpuesto por la Procuradora Pública a cargo
de asuntos judiciales del Ministerio del Interior – Tráfico Ilícito de Drogas contra la
sentencia de fojas mil veintiséis, del nueve de diciembre de dos mil tres; con lo expuesto
por la señora Fiscal Suprema en lo Penal; y CONSIDERANDO:
Primero
: Que la
Procuradora Pública mediante un oficio remitido vía fax desde Lima el veintisiete de
enero de dos mil cuatro, anexando el escrito correspondiente, interpuso recurso de nulidad
contra la sentencia absolutoria de fojas mil veintiséis, el mismo que formalizó
fundamentando su impugnación mediante escrito de fojas mil cuarenta y tres presentado
el nueve de febrero de dos mil cuatro; que en su impugnación estimó que la responsabilidad
de los acusados absueltos está acreditada y se sustenta con las actas de registro
domiciliario, vehicular, incautación y otras; agrega que los imputados tenían conocimiento
de las actividades ilícitas de Antonio Alayo Rojas pues realizaban actividades conjuntas
con el condenado José Cipriano Alayo Briceño, quienes son sus familiares y domicilian
en la misma localidad, incluso alguno de ellos registra antecedentes por delito de tráfico
ilícito de drogas.
Segundo
: Que, sin embargo, aparece de autos que si bien la Procuraduría

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