RESOLUCION N° 474-2012-CONAFU - Aprueban Reglamento de Ratificación y Promoción de Docentes Ordinarios para Universidades Públicas bajo competencia del CONAFU y Tabla de Calificación para el Proceso de Promoción y Ratificación de Docentes Ordinarios en Universidades Públicas bajo competencia del CONAFU

Fecha de disposición13 Febrero 2013
Fecha de publicación13 Febrero 2013
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 13 de febrero de 2013 487963
ORGANOS AUTONOMOS
ANR - CONSEJO NACIONAL
PARA LA AUTORIZACION
DE FUNCIONAMIENTO
DE UNIVERSIDADES
Aprueban Reglamento de Ratificación
y Promoción de Docentes Ordinarios
para Universidades Públicas bajo
competencia del CONAFU y Tabla
de Calificación para el Proceso de
Promoción y Ratificación de Docentes
Ordinarios en Universidades Públicas
bajo competencia del CONAFU
RESOLUCIÓN Nº 474-2012-CONAFU
Lima, 6 de setiembre de 2012
VISTO: El Proyecto - Reglamento de Ratif‌i cación y
Promoción de Docentes Ordinarios para Universidades
Públicas y el Acuerdo Nº 589-2012-CONAFU de la Sesión
Extraordinaria del Pleno del CONAFU de fecha 06 de
setiembre de 2012, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional
para la Autorización de Funcionamiento de Universidades –
CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional
de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones:
Elaborar la reglamentación que señale los requisitos,
procedimientos y plazos, para la autorización provisional
o def‌i nitiva de funcionamiento y para la evaluación de las
Universidades y Escuelas de Posgrado con autorización
provisional”; en concordancia con el artículo 3° del Estatuto
del CONAFU, aprobado por Resolución N° 189-2006-
CONAFU de fecha 13 de julio de 2006, que expresamente
señala: “Son atribuciones del CONAFU:.. k) Elaborar
y Aprobar el Reglamento General y los Reglamentos
específ‌i cos que señalen los procedimientos, requisitos y
plazas de todos los procesos administrativos necesarios
para el cumplimiento de sus atribuciones”;
Que, las Universidades Públicas bajo competencia del
CONAFU cuentan con Docentes Ordinarios y en atención
a los derechos de dichos docentes, se hace necesaria la
Aprobación al Reglamento de Ratif‌i cación y Promoción de
Docentes Ordinarios para Universidades Públicas.
Que, en sesión extraordinaria de fecha 06 de
setiembre de 2012, el Pleno del CONAFU por Acuerdo
Nº589-2012-CONAFU acordó por UNANIMIDAD: Aprobar
el Reglamento de Ratif‌i cación y Promoción de Docentes
Ordinarios para Universidades Públicas.
En atención a lo expuesto en los considerandos
precedentes, y en cumplimiento del artículo 38º incisos d)
y e) del Estatuto del CONAFU;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de
Ratif‌i cación y Promoción de Docentes Ordinarios para
Universidades Públicas bajo competencia del CONAFU,
que consta de X capítulos, 55 artículos, 04 disposiciones
transitorias y 06 disposiciones f‌i nales.
Artículo Segundo.- APROBAR la Tabla de Calif‌i cación
para el Proceso de Promoción y Ratif‌i cación de Docentes
Ordinarios en Universidades Públicas bajo competencia
del CONAFU.
Artículo Tercero.- HACER de conocimiento a la
Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución
para los actos administrativos correspondientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.
WILSON ROLANDO REÁTEGUI CHÁVEZ
Presidente
JORGE LUIS QUIÑONES ESPINOZA
Secretario General
ANEXO
REGLAMENTO DE RATIFICACIÓN Y PROMOCIÓN DE
DOCENTES ORDINARIOS PARA UNIVERSIDADES
PÚBLICAS BAJO COMPETENCIA DEL CONAFU
CAPÍTULO I
BASE LEGAL
Artículo 1º.- El presente Reglamento se sustenta en:
• Ley Universitaria, Ley N° 23733 y sus
modif‌i caciones.
• Ley de creación del CONAFU, Ley N° 26439 y sus
Reglamentos
N° 27444
• Decreto de Urgencia Nº 033-2005
• Estatuto de la Universidad
CAPÍTULO II
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 2º.- El presente Reglamento tiene como
f‌i nalidad ser el instrumento legal que norma los procesos
y procedimientos académicos y administrativos, para
la ratif‌i cación y/o ascenso de docentes ordinarios
en las Universidades Públicas con Autorización de
Funcionamiento Provisional bajo competencia del
CONAFU, de conformidad con los dispositivos legales
establecidos.
Artículo 3º.- La normatividad específ‌i ca contenida en
el presente Reglamento está orientada al cumplimiento de
los objetivos siguientes:
a) Proporcionar a las Universidades Públicas con
Autorización de Funcionamiento Provisional bajo
competencia del CONAFU un instrumento normativo que
contenga criterios técnico-legales para una correcta y
oportuna aplicación del proceso de ratif‌i cación y ascenso
de los Docentes Universitarios.
b) Constituir un instrumento de evaluación del
desenvolvimiento académico del docente nombrado, en
las funciones de enseñanza, investigación, proyección
social, capacitación permanente, producción intelectual
y labor administrativa para efectos de la ratif‌i cación y
posterior ascenso de categoría.
Artículo 4º.- Las disposiciones emitidas en el
presente Reglamento y sus efectos alcanza a todos los
docentes ordinarios de cualquier régimen de dedicación
de las Universidades Públicas con Autorización de
Funcionamiento Provisional bajo competencia del
CONAFU, sujetos al proceso de evaluación para
ratif‌i cación y/o ascenso.
Artículo 5º.- Los profesores principales son nombrados
por un período de siete años, los Asociados y Auxiliares
por cinco o tres años respectivamente. Al vencimiento de
éstos períodos son ratif‌icados, promovidos o separados de
la docencia por la Comisión Organizadora o de Gobierno,
según sea el caso, previo al proceso de evaluación que
determina el Estatuto.
Artículo 6º.- Toda promoción de una categoría a otra
está sujeta a la existencia de vacante y se ejecuta en el
ejercicio presupuestal siguiente.
Artículo 7º.- Las categorías académicas, para ascenso
de profesores ordinarios son: Principal y Asociado. Los
requisitos generales para cada una de estas categorías,
se detalla a continuación:

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