RESOLUCION DIRECTORAL N° 1361-2012-MGP/DCG - Establecen el cronograma para la instalación de los equipos del Sistema de Identificación y Monitoreo del Tráfico Acuático (SIMTRAC) en naves, embarcaciones y artefactos navales marítimos

Fecha de disposición09 Diciembre 2012
Fecha de publicación09 Diciembre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 9 de diciembre de 2012 480379
un equilibrio entre las implicaciones ambientales,
económicas y de seguridad que generaría el desarrollo
de su cumplimiento;
Que, efectuada la revisión de las disposiciones señaladas
en el Código de Gestión de Seguridad y Protección
Ambiental para Plataformas Marinas de operaciones con
Hidrocarburos, se determina que su aplicación dentro del
plazo aprobado en la Resolución Directoral Nº 1417-2011/
DCG de fecha 27 de diciembre del 2011, no cubriría las
expectativas que plantean sus disposiciones normativos,
razón por lo cual resulta necesario establecer la suspensión
de la referida Resolución Directoral, y la aprobación de
un cronograma de revisión a f‌i n de establecer en forma
programática las acciones a seguir para su modif‌i cación
y adecuación a la realidad operativa de las Plataformas
Marinas de operaciones con Hidrocarburos que operen en
el dominio marítimo del Estado Peruano;
De conformidad con lo propuesto por el Director del
Medio Ambiente y el Director de Control de Actividades
Acuáticas y lo opinado por el Director Ejecutivo de la
Dirección General de Capitanías y Guardacostas.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Suspender la aplicación de las
disposiciones normativas señaladas en la Resolución
Directoral Nº 1417-2011/DCG de fecha 27 de diciembre
del 2011, que aprueba el “Código de Gestión de
Seguridad y Protección Ambiental para Plataformas
Marinas de operaciones con Hidrocarburos”, por un
periodo de NOVENTA (90) días hábiles contados a partir
de la publicación de la presente Resolución Directoral en
el diario of‌i cial el peruano.
Artículo 2º.- Aprobar el cronograma de revisión de la
Resolución Directoral Nº 1417-2011/DCG de fecha 27 de
diciembre del 2011, el cual se precisa a continuación:
ACCIONES A EJECUTAR FECHAS LÍMITES LUEGO DE
PUBLICADA LA PRESENTE
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
30 días 50 días 70 días 90 días
Fase Nro. 1
Recepción documentada y en forma
of‌i ciosa de aspectos a modif‌i car en la
Resolución Directoral.
-------
Fase Nro. 2
Discusión de los aspectos a modif‌i car
en la Resolución Directoral, incluyendo
supervisiones a las Plataformas Marinas.
-------
Fase Nro. 3
Publicación del proyecto de Resolución
Directoral.
-------
Fase Nro. 4
Publicación de la Resolución Directoral
modif‌i catoria.
-------
Artículo 3º.- La presente Resolución Directoral entrará
en vigencia desde su publicación en el diario of‌i cial el
peruano.
JUAN CARLOS DEL ALAMO CARRILLO
Director General Accidental de Capitanías
y Guardacostas
876057-1
Establecen el cronograma para la
instalación de los equipos del Sistema
de Identificación y Monitoreo del
Tráfico Acuático (SIMTRAC) en naves,
embarcaciones y artefactos navales
marítimos
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 1361-2012-MGP/DCG
30 de noviembre de 2012
8 julio del 2011, mediante el cual se creó el Sistema de
Información y Monitoreo del Tráf‌i co Acuático (SIMTRAC)
y aprobó su reglamento;
CONSIDERANDO:
Que, el Sistema de Identif‌i cación y Monitoreo del
Tráf‌i co Acuático (SIMTRAC), creado mediante el Decreto
Supremo Nº 008-2011-DE de fecha 8 julio del 2011, tiene
como objetivo permitir la determinación de la posición y
operación de las naves, a f‌i n de contar con un instrumento
efectivo de control en los ámbitos marítimo, f‌l uvial y lacustre,
que incluye la navegación, el acceso, la permanencia y la
salida de los buques ubicados en los puertos, fondeaderos
y aguas de soberanía y jurisdicción nacionales, así como
los de bandera nacional que se encuentren navegando
fuera del ámbito acuático del Perú;
Que, el artículo 3º del Decreto Supremo, estableció
la obligatoriedad de instalar a bordo de todas la naves
y artefactos navales un dispositivo compatible con el
SIMTRAC.
Que, el artículo 7º del acotado Decreto Supremo,
estableció que la Dirección General de Capitanías y
Guardacostas, mediante Resolución Directoral, podrá
establecer las disposiciones que resulten, necesarias
para la mejor aplicación del Reglamento del sistema en
mención;
Que, el artículo 5º del Reglamento del SIMTRAC,
establece que la Dirección General de Capitanías y
Guardacostas, en su calidad de Autoridad Marítima
Nacional, designará mediante Resolución Directoral, al
Administrador de este Sistema;
Que, el artículo 7º del citado Reglamento, establece
las responsabilidades del Administrador del Sistema de
Información y Monitoreo del Tráf‌i co Acuático;
Que, conforme a lo dispuesto en el Reglamento
de la Ley Nº 26620, Ley de Control y Vigilancia de las
Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres, aprobado
por Decreto Supremo Nº 028-DE/MGP de fecha 25 de
mayo del 2001, el control y vigilancia de las actividades
acuáticas tiene por f‌i nalidad velar por la seguridad de la
vida humana en el mar, ríos y lagos navegables; proteger
el medio ambiente acuático, sus recursos y riquezas;
y combatir el tráf‌i co ilícito de drogas y cualquier otra
actividad ilícita que se desarrolle en ese ámbito;
Que en ese sentido, la Dirección General de
Capitanías y Guardacostas ha creado el Sistema de
Información y Monitoreo del Tráf‌i co Acuático (SIMTRAC),
el cual permitirá controlar dicho tráf‌i co acuático mediante
un sistema de posicionamiento automático de naves,
que hace posible determinar la posición y operación de
éstas; constituyéndose, de ese modo, en un instrumento
efectivo de control y vigilancia marítima, respecto de
las naves y/o artefactos navales ubicados tanto en los
puertos, fondeaderos y aguas de soberanía y jurisdicción
nacionales así como de las naves de bandera nacional que
se encuentren navegando fuera de aguas jurisdiccionales
del Estado Peruano; así como aquellas naves de bandera
extranjera que cuenten con dispositivos de identif‌i cación
enmarcados dentro del alcance del Convenio Internacional
SOLAS del cual el Estado Peruano es parte;
Que, por Resolución Directoral Nº 1378-2011 de fecha
16 diciembre del 2011, se nombró a la Dirección General
de Capitanías y Guardacostas como el Administrador del
Sistema de Información y Monitoreo del Tráf‌i co Acuático,
asimismo, dispuso que la Dirección General de Capitanías
y Guardacostas establecerá mediante Resoluciones
Directorales, los cronogramas de instalación de los equipos
del AIS y GPS Beacon a bordo de las naves y artefactos
navales;
Que, es política de la actual administración fortalecer
la gestión de la Autoridad Marítima; y a efectos de
implementación de la reglamentación que impulse y
promueva el uso de los dispositivos, es necesario que
los administrados tengan un plazo para que las naves,
embarcaciones y artefactos navales marítimas cuenten
con un dispositivo adecuado;
Que, como primera etapa se consideró regular el control
del tráf‌i co acuático para todas las naves, embarcaciones
y artefactos navales del ámbito f‌l uvial y lacustre; y en
esta segunda etapa regular lo correspondiente al ámbito
marítimo;

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