DECRETO SUPREMO N° 019-2012-JUS - Modifican el Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal
| Fecha de disposición | 20 Diciembre 2012 |
| Fecha de publicación | 20 Diciembre 2012 |
| Sección | Sección Única |
NORMAS LEGALESEl Peruano
Lima, jueves 20 de diciembre de 2012
481372
Visto, la solicitud y documentos presentados por don
Nikolay Nikitin, sobre otorgamiento de la nacionalidad
peruana por naturalización;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el expediente administrativo Nº 48389-
2006 don Nikolay Nikitin, ciudadano de nacionalidad
rusa, ha solicitado al señor Presidente Constitucional
de la República del Perú, se le conceda la nacionalidad
peruana por naturalización;
Que, con Informe Nº 197-2009-IN-1606, Informe
consolidado Nº 338-2011-IN-1606 e Informe Nº 790-2012-
IN-1606, la Subdirección de Naturalización de la Dirección
General de Migraciones y Naturalización, da cuenta que
el administrado ha cumplido con presentar los requisitos
generales y especí¿ cos exigidos por las normas legales
sobre la materia y opina favorablemente a efecto de la
concesión de la nacionalidad peruana por naturalización;
Que, mediante Dictamen Nº 632-2012-IN-1603, la
O¿cina de Asesoría Legal de la Dirección General de
Migraciones y Naturalización considera procedente la
solicitud presentada por don Nikolay Nikitin;
Estando a lo propuesto por la Dirección General de
Migraciones y Naturalización y con la visación de la O¿ cina
General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la
Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 26574 – Ley de Nacionalidad
y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-
97-IN, la Ley Nº 29334 – Ley de Organización y Funciones
del Ministerio del Interior, el Decreto Supremo Nº 002-2012-
IN- Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
del Interior y el Decreto Supremo 004-2008-IN- Texto Único
de Procedimientos Administrativos del Ministerio del Interior;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Conceder la Nacionalidad Peruana por
Naturalización a don Nikolay Nikitin, inscribirlo en el
registro respectivo y extenderle el Título de Nacionalidad
correspondiente.
Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro del Interior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
WILFREDO PEDRAZA SIERRA
Ministro del Interior
880785-12
JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS
Modifican el Calendario Oficial de
Aplicación Progresiva del Código
Procesal Penal
DECRETO SUPREMO
N° 019-2012-JUS
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 957 se promulgó
Que, a través del Decreto Legislativo Nº 958 se reguló
el proceso de implementación y transitoriedad del nuevo
Código Procesal Penal, creándose la Comisión Especial
de Implementación del citado Código, la misma que está
integrada por representantes del Poder Judicial, Ministerio
Público, Ministerio del Interior, Ministerio de Economía y
Finanzas y del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos,
cuyo representante la preside;
Que, de conformidad con el inciso 3) del artículo 4º del
Decreto Legislativo Nº 958, concordado con el inciso c)
del artículo 10º del Reglamento de la Comisión Especial
de Implementación del Código Procesal Penal, aprobado
por Decreto Supremo Nº 007-2007-JUS, una de las
atribuciones de la Comisión Especial de Implementación
del Código Procesal Penal es elaborar el Calendario
O¿ cial de Aplicación Progresiva del citado Código y de ser
el caso, proponer su modi¿ cación;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 004-2011-JUS,
se dispuso la última modi¿ cación al Calendario O¿ cial de
Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal;
Que, asimismo, el artículo 3º del Decreto Supremo
antes acotado, señala que la Comisión Especial
de Implementación del Código Procesal Penal, de
acuerdo con la evaluación y resultados obtenidos de la
implementación, podrá proponer, si lo estima necesario,
modi¿caciones en el Calendario O¿ cial de Aplicación
Progresiva del Código Procesal Penal;
Que, la Comisión Especial de Implementación del
Código Procesal Penal propone modi¿car el Calendario
O¿cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal
Penal dispuesto por Decreto Supremo Nº 004-2011-JUS,
a ¿ n de identi¿ car las áreas de oportunidad que permitan
la elaboración de una estrategia transversal y sistémica,
que contenga los objetivos y estrategias conjuntas
para realizar la implementación del nuevo sistema de
justicia penal en las regiones del VRAEM y Lima para
el año 2014, teniendo en consideración las experiencias
adquiridas en los 23 Distritos Judiciales en los cuales ya
se ha implementado el referido Código;
la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos; el inciso 3) del artículo 4º del Decreto
Legislativo Nº 958, que regula el Proceso de Implementación
y Transitoriedad del nuevo Código Procesal Penal; y la
Ley Nº 28671, Ley que modi¿ ca la entrada en vigencia del
Código Procesal Penal y dicta Normas Complementarias
para el proceso de implementación del nuevo Código;
DECRETA:
Artículo 1º.- Modificación del Calendario Ofi cial
de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal,
aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2011-JUS
Modifícase el Calendario O¿ cial de Aplicación
Progresiva del Código Procesal Penal, de acuerdo a lo
propuesto por la Comisión Especial de Implementación
del Código Procesal Penal, quedando de la siguiente
manera:
Año 2014: Primera Fase:Apurímac y Huancavelica.
Año 2014: Segunda Fase: Ayacucho y Junín.
Año 2014: Tercera Fase: Callao, Lima Norte, Lima Sur
y Lima.
Artículo 2º.- Secuencia del cronograma
En el año 2014, el Código Procesal Penal entrará en
vigencia en la primera fase, el 1 de abril; en la segunda fase,
el 01 de julio; y en la tercera fase, el 01 de diciembre.
Artículo 3º.- Trabajos conjuntos e
interinstitucionales
En el año 2013, la Secretaría Técnica de la Comisión
Especial de Implementación del Código Procesal Penal,
en coordinación conjunta con los Equipos Técnicos
Institucionales, llevarán a cabo las evaluaciones a
nivel normativo y operativo que permitan a la Comisión
Especial suscribir convenios y emitir las directivas
u otros documentos necesarios para una adecuada
implementación de las regiones del VRAEM y Lima,
respectivamente.
Artículo 4º.- Modifi caciones en el calendario
La Comisión Especial de Implementación del Código
Procesal Penal, de acuerdo con el monitoreo, la evaluación
y los resultados obtenidos de la implementación, podrá
proponer, si lo estima necesario, modi¿caciones en el
Calendario O¿cial de Aplicación Progresiva del Código
Procesal Penal.
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