RESOLUCION N° 059-2014-SUNAFIL - Designan funcionario responsable de remitir a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de empleo de la SUNAFIL..

Fecha de disposición26 Septiembre 2014
Fecha de publicación26 Septiembre 2014
El Peruano
Viernes 26 de setiembre de 2014 533395
ORGANISMOS TECNICOS
ESPECIALIZADOS
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Dejan sin efecto designación de auxiliar
coactivo de la Intendencia Lima
INTENDENCIA LIMA
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
Nº 020-024-0000264/SUNAT
Lima, 17 de setiembre del 2014
CONSIDERANDO:
Que, habiéndose designado como Auxiliar Coactivo a
la Srta. Pamela Trujillo Castañeda mediante Resolución
de Intendencia No. 020-024-0000247 del 24.06.2013
y publicada el 05.07.2013 para garantizar el normal
funcionamiento de la Cobranza Coactiva de la Intendencia
Lima, resulta necesario dejar sin efecto la citada
designación;
Que, el artículo único de la Resolución de
Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-
2014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente de
Principales Contribuyentes Nacionales, el Intendente
Lima y en los Intendentes Regionales de la SUNAT la
competencia para designar Auxiliares Coactivos dentro
del ámbito de la competencia de cada una de esas
Intendencias;
En uso de las facultades conferidas en la Resolución
de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-
2014-SUNAT/600000.
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Dejar sin efecto la designación como
auxiliar coactivo de la Intendencia Lima, a la funcionaria
que se indica a continuación:
Registro Apellidos y Nombres
1 7296 TRUJILLO CASTAÑEDA PAMELA
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RICARDO ARTURO TOMA OYAMA
Intendente
Intendencia Lima
1142166-1
Designan Auxiliares Coactivos de la
Intendencia Regional Loreto
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
Nº 121-024-0000810/SUNAT
Punchana, 27 de agosto del 2014
CONSIDERANDO:
Que, es necesario designar nuevos Auxiliares
Coactivos de la Intendencia Regional Loreto para
garantizar el normal funcionamiento de su cobranza
coactiva;
Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del
Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 133-2013-EF y modif‌i catoria, establece los requisitos
que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo
de Auxiliar Coactivo;
Que, el personal propuesto ha presentado Declaración
Jurada manifestando reunir los requisitos antes
indicados;
Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único
Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto
en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es
de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria
cuyo personal ingresó mediante Concurso Público;
Que, el Artículo Único de la Resolución de
Superintendencia Nacional adjunta Operativa N° 005-
2014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente
Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente
Lima y en los Intendentes Regionales, la competencia para
designar auxiliares coactivos en el ámbito de competencia
de cada intendencia;
En uso de las facultades conferidas en la Resolución
de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-
2014-SUNAT/600000.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Designar como Auxiliarles Coactivos de
la Intendencia Regional Loreto, al trabajador que se indica
a continuación:
REG. APELLIDOS Y NOMBRES
1 9423 CORDOVA CALLE ELVER
2 9360 VARGAS TORRES MILAGRITOS ANTHUANET
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ERICK ANTONIO CARDENAS GARCÍA
Intendente Regional
Intendencia Regional Loreto
1142165-1
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE FISCALIZACION LABORAL
Designan funcionario responsable
de remitir a la Dirección General del
Servicio Nacional del Empleo del
Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo las ofertas de empleo de la
SUNAFIL
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 059-2014-SUNAFIL
Lima, 24 de setiembre de 2014
VISTO:
El Informe Nº 199-2014-SUNAFIL-OGA-ORH, del
Jefe (e) de la Of‌i cina de Recursos Humanos de la Of‌i cina
General de Administración.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27736, Ley para la Transmisión
Radial y Televisión de Ofertas Laborales, se establece
que el Instituto de Radio y Televisión del Perú, mediante
Radio Nacional del Perú y Canal 7, programará avisos de
servicio público en los que se ofrezcan puestos de trabajo
públicos y privados;
Que, mediante artículo 1º de la Ley Nº 27736, se
establece que el Instituto de Radio y Televisión a través
de Radio Nacional del Perú y Canal 7, programará, en
horario que considere conveniente su Directorio, avisos
de servicio público en los que se ofrezcan puestos de
trabajo públicos y privados;
Que, mediante el artículo 2º del Decreto Supremo
Nº 012-2004-TR, se dispone que todo organismo
público y empresa del Estado, está obligada a remitir al
Programa Red Cil PROEMPLEO del Ministerio de Trabajo
y Promoción del Empleo - MTPE, las ofertas en puestos

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