RESOLUCION MINISTERIAL N° 948-2012/MINSA - Sustituyen anexos 1, 2 y 3 de la Directiva Sanitaria N° 046-MINSA/DGE-V.01, que establece la Notificación de Enfermedades y Eventos Sujetos a Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública, aprobada por R.M. N° 506-2012/MINSA

Fecha de disposición07 Diciembre 2012
Fecha de publicación07 Diciembre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 7 de diciembre de 2012 480197
DOHME PERU S.R.L., precisando que los pasajes aéreos
serán en tarifa económica;
Que, la inspección para la certif‌i cación de Buenas Prácticas
de Manufactura (BPM) y Buenas Prácticas de Laboratorio
(BPL), se realizará del 10 al 14 de diciembre de 2012, sin
embargo dado que el Laboratorio HANMI PHARMACEUTICAL
CO. LTD., se encuentra ubicado en el Continente Asiático, la
Of‌i cina General de Administración del Ministerio de Salud, ha
otorgado disponibilidad presupuestal para la adquisición de
pasajes en tarifa económica, viáticos para 5 días y 2 días para
gastos de instalación para dos personas;
Que, mediante Informe Nº 229-2012-ECN-ODRH-
OGGRH/MINSA, la Of‌i cina General de Gestión de Recursos
Humanos del Ministerio de Salud, emite opinión favorable
respecto de la autorización del viaje de las Químicos
Farmacéuticos Rosa Hortensia RIVERA HUAYTALLA y Betty
Dany LLANA GAGLIUFFI, profesionales de la Dirección
General de Medicamentos, Insumos y Drogas - DIGEMID,
para que realicen la certif‌i cación de Buenas Prácticas de
Manufactura (BPM) y Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL)
del Laboratorio HANMI PHARMACEUTICAL CO. LTD.;
Que, en tal sentido considerando que la Empresa MERCK
SHARP & DOHME PERU S.R.L., ha cumplido con presentar
los documentos referidos al pago por la certif‌i cación de
Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) y Buenas Prácticas
de Laboratorio (BPL), a la que hace referencia la Ley N° 29459
– Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos
y Productos Sanitarios, es necesario autorizar el viaje de las
profesionales que estarán a cargo de realizar la inspección al
Laboratorio HANMI PHARMACEUTICAL CO. LTD., ubicado
en la ciudad de Hwasung-Si, República de Corea del Sur; y,
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10° de
la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el año f‌i scal 2012; en la Ley Nº 27619, Ley que
regula los viajes al exterior de los servidores y funcionarios
públicos y su modif‌i catoria, y en el Decreto Supremo Nº
047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias
sobre autorización de viajes al exterior de servidores y
funcionarios públicos;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje de las Químicos
Farmacéuticos Rosa Hortensia RIVERA HUAYTALLA y Betty
Dany LLANA GAGLIUFFI, profesionales de la Dirección
General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio
de Salud, a la ciudad de Hwasung-Si, República de Corea del
Sur, del 7 al 16 de diciembre de 2012, para los f‌i nes expuestos
en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con
cargo a la fuente de f‌i nanciamiento Recursos Directamente
Recaudados del Pliego 011 del Ministerio de Salud,
conforme al siguiente detalle:
- Pasajes tarifa económica : $ 7,636.00
(incluido TUUA c/u $ 3,818.00
para 2 personas)
- Viáticos x 7 días (c/u $ 1,820.00 para 2 : $ 3,640.00
personas) ----------------
Total : $. 11,276.00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
posterior a su retorno las profesionales citadas en el artículo
1º de la presente Resolución Suprema deberán presentar un
informe detallado dando cuenta de las acciones realizadas y
los resultados obtenidos, en las actividades a la que acudirán
y la rendición de cuentas debidamente documentada.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará
derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por la Ministra de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud
875566-11
Sustituyen anexos 1, 2 y 3 de la
Directiva Sanitaria N° 046-MINSA/
DGE-V.01, que establece la Notificación
de Enfermedades y Eventos Sujetos
a Vigilancia Epidemiológica en Salud
Pública, aprobada por R.M. N° 506-
2012/MINSA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
948-2012/MINSA
Lima, 29 de noviembre del 2012
Visto el Expediente N° 12-090566-001, que contiene
los memorandos N° 1552 y 1819-2012-DGE-DVE-DSVSP/
MINSA de la Dirección General de Epidemiología del
Ministerio de Salud;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 506-
2012/MINSA, de fecha 18 de junio de 2012, fue
aprobada la Directiva Sanitaria N° 046-MINSA/DGE-
V.01, que establece la Notificación de Enfermedades
y Eventos Sujetos a Vigilancia Epidemiológica en
Salud Pública;
Que, el artículo 57° del Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto
Supremo N° 023-2005-SA, dispone como función principal,
entre otras, de la Dirección General de Epidemiología
diseñar, normar y conducir el Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública, en el ámbito
nacional;
Que, siendo la tuberculosis una enfermedad
transmisible extendida en el país y con gran impacto en
la salud pública, es necesario considerar a la tuberculosis
como una enfermedad sujeta a vigilancia epidemiológica y
de notif‌i cación obligatoria en el país;
Que, conforme se desprende de los documentos de
Visto, el Director General de Epidemiología del Ministerio
de Salud, solicita la actualización de los anexos 1, 2 y 3
de la Directiva Sanitaria N° 046-MINSA/DGE-V.01, que
establece la Notif‌i cación de Enfermedades y Eventos
Sujetos a Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública;
Que, estando a que la actualización solicitada
no altera lo esencial del contenido ni el sentido de la
Directiva Sanitaria N° 046-MINSA/DGE-V.01 aprobada
con Resolución Ministerial N° 506-2012/MINSA, resulta
necesario emitir el acto resolutivo correspondiente;
Con el visado del Director General de la Dirección
General de Epidemiología, de la Directora General de la
Of‌i cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de
Salud; y,
De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del
artículo 8° de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de
Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Sustituir los anexos 1, 2 y 3 de la Directiva
Sanitaria N° 046-MINSA/DGE-V.01, que establece la
Notif‌i cación de Enfermedades y Eventos Sujetos a
Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública, aprobada con
Resolución Ministerial N° 506-2012/MINSA, los mismos
que forman parte integrante de la presente Resolución
Ministerial.
Artículo 2°.- La Dirección General de Epidemiología
deberá realizar la difusión y seguimiento en el ámbito
nacional de los anexos sustituidos por el artículo 1° de la
presente Resolución Ministerial.
Artículo 3°.- Disponer que la Of‌i cina General de
Comunicaciones publique la presente Resolución
Ministerial, en la dirección electrónica http://www.minsa.
gob.pe/transparencia/dge-normas.asp del Portal de
Internet del Ministerio de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud
875473-1

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