Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Primera Sala Constitucional y Social Transitoria de 10 de Noviembre de 2000 (Expediente: 002008-1999)

Corte en Segunda InstanciaCORTE SUPERIOR DE CUSCO
Número de expediente002008-1999
Fecha10 Noviembre 2000
MateriaOTROS

Corte Suprema de Justicia de la República

Sala Constitucional y Social

CAS. N.. 2008-99

SICUANI

//ma, diez de noviembre del dos mil.-

VISTOS; con los acompañados; y

CONSIDERANDO

Primero

- Que, el recurso de casación interpuesto

por el demandante, ha cumplido con los requisitos de forma previstos

en el artículo trescientos ochentisiete del Código Procesal Civil, para su

admisibilidad;

Segundo

- Que, en cuanto a los requisitos de fondo, se

invocan las causales contenidas en el primer numeral del artículo

trescientos ochentiséis del Código Procesal acotado, denunciándose la

aplicación indebida y la interpretación errónea del artículo ciento

setentiocho del mismo, con relación a la extemporaneidad de la

demanda;

Tercero

- Que, en principio el recurrente denuncia

conjuntamente las dos causales citadas en el considerando anterior,

incurriendo en implicancia, a lo que se agrega que la norma denunciada

no es una material como se requiere para los casos de las causales

invocadas;

Cuarto

- Que en consecuencia, al no haberse cumplido los

requisitos establecidos en el artículo trescientos ochentiocho del Código

Adjetivo y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo trescientos

noventidós del mismo Cuerpo Legal; declararon IMPROCEDENTE el

recurso de casación interpuesto por el demandante a fojas seiscientos

veintiuno, contra la sentencia de vista de fojas seiscientos dieciocho, su

fecha veinticinco de octubre de mil novecientos noventinueve;

ORDENARON la publicación del texto de la presente resolución en el

Diario Oficial "El Peruano"; en los seguidos por don F.T.C.,

contra don F.C.M. y otra, sobre Nulidad de

Sentencia y otros; y los devolvieron.-

S.S.

BUENDIA G.

BELTRAN Q.

ALMEIDA P.

SEMINARIO V.

ZEGARRA Z.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR