Sentencia nº 002963-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 3 de Octubre de 2012

Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente52-2011/CPC-INDECOPI-CUS
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 2963-2012/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 52-2011/CPC-I NDECOPI-CUS
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE CUSCO
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : ASOCIACIÓN CIVIL DEFENSORÍA DEL VECINO
DENUNCIADA : SAYWA HOTEL TOURS S.C.R.L.
MATERIA : ADHESIÓN
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES JURÍDICAS
SUMILLA: Se tiene por adherida a Asociación Civil Defensoría del Vecino a la
apelación interpuesta por Saywa Hotel Tours S.C.R.L. contra la Resolución 368-
2011/INDECOPI-CUS y se dispone correr traslado del referido recurso a dicha
administrada, para que en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles haga
conocer su posición respecto de los argumentos expuestos en la
impugnación.
Lima, 3 de octubre de 2012
ANTECEDENTES
1. El 21 de junio de 2011, Asociación Civil Defensoría del Vecino (en adelante, la
Asociación) denunció a Saywa Hotel Tours S.C.R.L.1 (en adelante, Saywa)
ante la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Cusco (en adelante, la
Comisión) por presunta infracción de la Ley 29571, Código de Protección y
Defensa del Consumidor2 (en adelante, el Código), debido a que el 15 de junio
de 2011 la denunciada habría omitido: (i) colocar una lista de precios al
exterior de su establecimiento; (ii) contar con un libro de reclamaciones a
disposición de los consumidores; y, (iii) exhibir un aviso que informara la
existencia de dicho libro de reclamaciones. A fin de acreditar sus afirmaciones,
presentó una fotografía del exterior del local de Saywa.
2. El 18 de julio de 2011, la Comisión efectuó una diligencia de inspección3 en el
establecimiento de Saywa4, donde constató que la denunciada no exhibía una
lista de precios de los servicios ofrecidos al exterior de su establecimiento, no
contaba con un libro de reclamaciones a disposición de los consumidores y,
no exhibía el aviso que informara la existencia del mismo en el local. Por
Resolución 2 del 2 de agosto de 2011, la denuncia fue admitida a trámite.
1 RUC: 20527672539. Domicilio fisc al: Avenida Arenas 302, Abancay, Apurímac.
2 Publicado el 2 de setiembre de 2010 en el diario oficial El Peruano. Entró en vigencia a los 30 días calendario.
3 En la foja 14 del expediente.
4 Ubicado en Avenida Arenas 302, Abancay, Apurímac.

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