Sentencia nº 000561-2013/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 6 de Marzo de 2013

Fecha de Resolución 6 de Marzo de 2013
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente1742-2012/PS3
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en P rotección al Consumidor
RESOLUCIÓN 0561-2013/SP C-INDECOPI
EXPEDIENTE 1742-2012/PS3
(EXPEDIENTE 2924-2012/ CPC)
M-SPC-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
SEDE LIMA SUR Nº 2
PROCEDIMIENTO : CONTIENDA DE COMPETENCIA
DENUNCIANTE : ENRIQUE ROSENDO BARDALES MENDOZA
DENUNCIADA : PET SHOP “EL POLO”
MATERIA : PROCESAL
SUMILLA: Se declara que el Órgano Resolutivo de Procedimientos
Sumarísimos de Protección al Consumidor N° 3 es el órgano competente,
por razón de cuantía, para conocer la denuncia del señor Enrique Rosendo
Bardales Mendoza.
Lima, 6 de marzo de 2013
ANTECEDENTES
1. El 18 de setiembre de 2012, el señor Enrique Rosendo Bardales Mendoza
(en adelante, el señor Bardales) denunció a Pet Shop “El Polo” (en adelante,
Pet Shop) por infracción de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa
del Consumidor (en adelante, el Código), debido a que la denunciada no
habría cumplido con bañar a su mascota en el horario que se le indicó.
Asimismo, precisó que cuando solicitó el libro de reclamaciones al personal
de Pet Shop para registrar su reclamo, no se lo entregaron.
2. Mediante Resolución 1496-2012/PS3 del 27 de setiembre de 2012, el Órgano
Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor
Nº 3 (en adelante, el ORPS) declinó competencia a favor de la Comisión de
Protección al Consumidor – Sede Lima Sur Nº 2 (en adelante, la Comisión).
El ORPS señaló que el señor Bardales no sólo denunció que Pet Shop por
falta de idoneidad, en tanto no habría cumplido con realizar el servicio de
baño para su mascota, sino también que cuando solicitó al personal de la
denunciada el libro de reclamaciones para registrar su reclamo, no se lo
entregaron; por lo que señaló que carecía de competencia para emitir un
pronunciamiento en la medida que el último hecho denunciado guardaba
relación con un interés difuso y, dispuso la remisión de los actuados a la
Comisión.
3. Mediante Resolución 4723-2012/CPC del 27 de diciembre de 2012, la
Comisión también declinó competencia, argumentando que en el presente
caso, la pretensión principal resultaba ser la falta de idoneidad del servicio
brindado por la denunciada, pues no habría cumplido con bañar a la mascota

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