Sentencia nº 001274-2005/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 28 de Noviembre de 2005

Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2005
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente148-2004/01-09/CCO-ODI-ESN
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN Nº 1274-2005/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 148-2004-01-09/CCO-ODI-ESN
M-SDC-13/1C
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
(LA COMISIÓN)
ACREEDOR : TOMÁS CARLOS OECHSLE SIGG (SEÑOR
OECHSLE)
DEUDOR : JUGUETES Y ENVASES NACIONALES S.A. EN
LIQUIDACIÓN (JENSA)
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
EXISTENCIA Y CUANTÍA DE LOS CRÉDITOS
Lima, 28 de noviembre de 2005
ANTECEDENTES
Por Resolución Nº 10367-2005/CCO-INDECOPI del 1 de julio de 2005, la
Comisión reconoció parte de los créditos de origen laboral invocados por el
señor Oechsle frente a Jensa
1
ascendentes a S/. 51 336,84 por capital
derivados de remuneraciones impagas, vacaciones no gozadas y
gratificaciones, a los cuales se les otorgó el primer orden de preferencia.
Asimismo, en dicho pronunciamiento la Comisión (i) denegó el
reconocimiento de los créditos ascendentes a S/. 12 934,87 por capital y
S/. 395,35 por intereses derivados de la CTS devengada entre setiembre de
2002 y setiembre de 2004, señalando que, de la documentación que obra en
el expediente, se verificó la realización de pagos a cuenta de la CTS del
solicitante por el monto de US$ 3 105,34, sin que fuera posible determinar
los períodos cancelados con dichos pagos; y, (ii) denegó el reconocimiento
de los créditos ascendentes a S/. 4 989,45 por capital derivados de dietas
por participación en el Directorio de Jensa.
El 15 de julio de 2005, el señor Oechsle apeló la referida resolución en el
extremo que denegó el reconocimiento de los créditos invocados por
concepto de CTS, alegando que los depósitos de CTS ascendentes a
US$ 3 105,34 corresponden a períodos distintos a los invocados en su
solicitud de reconocimiento de créditos, para lo cual presentó copia de cartas
remitidas al Banco de Crédito del Perú informando sobre el monto de los
depósitos efectuados y los períodos cancelados, así como copia de las
liquidaciones respectivas.
1
Por Resolución Nº 3284-2004/CCO-ODI-ESN del 24 de agosto de 2004 se declaró la situación de concurso de
Jensa y el 13 de setiembre de 2004 se hizo pública dicha situación, convocándose a s us acreedores para que
soliciten el reconocimiento de sus créditos. El 28 de octubre de 2005, la Junta de Acreedores acordó l a
liquidación de dicha empresa.

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