Sentencia nº 000330-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 17 de Febrero de 2011
Fecha de Resolución | 17 de Febrero de 2011 |
Emisor | Sala Especializada en Defensa de la Competencia |
Expediente | 50-2009/CPC-INDECOPI-ANC |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia N°2
RESOLUCIÓN 0330-2011/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 050-2009/CPC-INDE COPI-ANC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE LA LIBERTAD
PROCEDIMIENTO : DE OFICIO
DENUNCIADO : RONALD FRANCISCO CARBONELL TORRES-
COLEGIO GARABATOS
MATERIAS : INTERESES ECONÓMICOS
PENSIONES ADELANTADAS
CUOTAS EXTRAORDINARIAS
DIRECCIONAMIENTO DE COMPRA DE UNIFORMES
INFORMACION ESCRITA
ACTIVIDAD : SERVICIOS EDUCATIVOS
SUMILLA: Se confirma la resolución que viene en grado en el extremo que
halló responsable al señor Ronald Francisco Carbonell Torres, promotor del
Colegio Garabatos, debido a que se constató que no informaba por escrito el
número y oportunidad de pago de las pensiones, exigía el pago de la primera
pensión por adelantado, cobraba cuotas extraordinarias por concepto de
materiales y calendario cívico escolar y direccionaba la compra del uniforme
escolar en el centro de estudios.
SANCIÓN: 2 UIT
Lima, 17 de febrero de 2011
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 1 del 05 de junio de 2009, la Comisión de la Oficina
Regional del Indecopi de La Libertad (en adelante, la Comisión) inició un
procedimiento de oficio en contra del señor Ronald Francisco Carbonell
Torres (en adelante, el señor Carbonell), promotor del Colegio Garabatos (en
adelante, el Colegio)1, por infracción de los artículos 5º literales b) y d) y 15º
del Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor2, puesto que
en la inspección realizada el 11 de febrero de 2009, se constató que el
Colegio no informaba por escrito el número y oportunidad de pago de las
pensiones, exigía el pago de la primera pensión por adelantado, cobraba
cuotas extraordinarias por concepto de materiales y calendario cívico escolar
y direccionaba la compra del uniforme escolar en el centro de estudios.
2. En sus descargos, el señor Carbonell señaló lo siguiente;
(i) La información sobre la matricula, cuotas y pensiones, su número,
monto y oportunidad, fue comunicada a los padres de familia a través de
1 RUC 10180929971. El Colegio se enc uentra ubicado en Jr. Carlos Valenzuela 855, Belén, Huar az, Ancash.
2 Cuyo Texto Único Ordenado fue aprobad o por Decreto Supremo 006-2009-PCM.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba