Sentencia nº 003334-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 28 de Diciembre de 2010

Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente001-2005/01-1366/CCO-ODI-LAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUA L
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 1
RESOLUCIÓN 3334-2010/SC1-IND ECOPI
EXPEDIENTE 0001-2005-01-13 66/CCO-ODI-LAM
M-SC1-02/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI EN LAMBAYEQUE
DEUDOR : AGRO PUCALÁ S.A.A.
ACREEDOR : JULIO DÍAZ DÍAZ
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : ELABORACIÓN DE AZÚCAR
SUMILLA: se REVOCA la Resolución 3731-2008/INDECOPI-LAM del 31 de
octubre de 2008, en el extremo que reconoció créditos laborales a favor del
señor Julio Díaz Díaz frente a Agro Pucalá S.A.A. ascendentes a S/. 1 147,69
por capital derivados de remuneraciones insolutas del año 1998 y,
reformándola, se reconoce a favor del referido acreedor créditos ascendentes
a S/. 5 580,00 por capital por el referido concepto, en mérito a la resolución
judicial emitida en el proceso judicial sobre pago de remuneraciones
insolutas y otros tramitado en el Expediente 98-414.
Se REVOCA la Resolución 3731-2008/INDECOPI-LAM del 31 de octubre de
2008, en el extremo que denegó el reconocimiento de créditos laborales a
favor del señor Julio Díaz Díaz frente a Agro Pucalá S.A.A. ascendentes a
S/. 21 740,00 por capital derivados de vacaciones (1969 a 1975),
remuneraciones insolutas (enero 1996 a junio 1996, diciembre 1996 a abril
1996) y escolaridad (1996 y 1997) y, reformándola, se reconoce dichos
créditos en mérito a las resoluciones judiciales emitidas en los procesos
judiciales sobre incumplimiento de disposiciones legales y pago de
remuneraciones insolutas y otros tramitados en los Expedientes 403-95 y 98-
414.
Se REVOCA la Resolución 1380-2005/CCO-ODI-LAM del 31 de octubre de
2008, en el extremo que denegó la solicitud de reconocimiento de créditos del
señor Julio Díaz Díaz frente a Agro Pucalá S.A.A. por intereses ascendentes a
S/. 27 484,52 derivados de los informes periciales 067-02-DRL/PJ, 316-02-
DRL/PJ, 494-08-DRL/PJ, 198-98-DRLL, 028-00-DRLL, 056-01-DRLL, 387-008-
DRL/PJ y, reformándola, debe registrarse como contingentes tales créditos, al
encontrase controvertidos ante el órgano jurisdiccional.
Se CONFIRMA la Resolución 1380-2005/CCO-ODI-LAM del 31 de octubre de
2008, en el extremo que reconoció créditos a favor del señor Julio Díaz Díaz
frente a Agro Pucalá S.A.A. por intereses ascendentes a S/. 14 367,07
derivados de diversos adeudos laborales incorporados en la liquidación de
beneficios sociales suscrita por Agro Pucalá S.A.A., toda vez que tales
créditos se encuentran sustentados en el referido documento.

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