Sentencia nº 002767-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 13 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución13 de Octubre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente029-2000/CRP-PIURA-01-251
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 2767-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 029-2000/CRP-PI URA-01-251
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE PIURA
DEUDOR : ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE
SANEAMIENTO GRAU S.A.
ACREEDOR : CARLOS NAQUICHE VILCHEZ
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : CAPTACIÓN, ALMACENAMIENTO, TRATAMIENTO Y
DISTRIBUCIÓN DE AGUA
RECOLECCIÓN Y TRATAMIENTO DE AGUAS
SERVIDAS
SUMILLA: se declara la NULIDAD de la Resolución 0265-2010/INDECOPI-PIU
del 15 de febrero de 2010, en el extremo que reconoció créditos a favor del
señor Carlos Naquiche Vilchez frente a Entidad Prestadora de Servicios de
Saneamiento Grau S.A. derivados de la CTS del período comprendido entre
el 1 de noviembre de 1999 y el 31 de octubre de 2000, ascendentes a
S/. 2 654,00 por capital y S/. 395,43 por intereses; la primera instancia no
aplicó la inversión de la carga de la prueba a favor del deudor, establecida en
por lo que dicho pronunciamiento adolece de un vicio que acarrea su
nulidad.
En consecuencia, se DISPONE que la primera instancia emita un nuevo
pronunciamiento respecto de la solicitud presentada por el referido
trabajador, considerando que la Comisión es la encargada de resolver en
primera instancia administrativa y tiene la competencia primaria en cuanto a
la aplicación de la Ley General del Sistema Concursal, para lo cual deberá
seguir los criterios establecidos por la presente resolución y el precedente
de observancia obligatoria aprobado por Resolución 916-2010/SC1-
INDECOPI.
De otro lado, se CONFIRMA la Resolución 0265-2010/INDECOPI-PIU en el
extremo que reconoció créditos a favor del señor Carlos Naquiche Vilchez
frente a Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A.
ascendentes a S/. 10 945,54 por intereses derivados de la compensación por
tiempo de servicios del período comprendido entre el 1 de mayo de 1996 y el
31 de octubre de 1999; debido a que dichos créditos han sido calculados de
conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Concursal, el
TUPA del Indecopi y el precedente de observancia obligatoria contenido en
la Resolución 088-97-TDC; y, a que los créditos por capital que sirvieron de
base para el cálculo de los referidos intereses fueron reconocidos mediante

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