Sentencia nº 000878-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 18 de Abril de 2011

Fecha de Resolución18 de Abril de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente029-2010/CPC-INDECOPI-PUN
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 0878-2011/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 029-2010/CPC-I NDECOPI-PUN
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE PUNO
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTES : JULIAN ANTONIO URURI QUISPE
JUANA CORMILLUNI QUISPE
DENUNCIADA : ASOCIACIÓN FONDO CONTRA ACCIDENTES DE
TRÁNSITO DE PUNO
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
SOAT - AFOCAT
ACTIVIDADES : ACTIVIDADES DE OTRAS ASOCIACIONES NCP
SUMILLA: Se confirma el pronunciamiento que viene en grado que declaró
fundada la denuncia, debido a que la denunciada no cumplió con otorgar la
indemnización por muerte solicitada por los señores Julian Antonio Ururi
Quispe y Juana Cormilluni Quispe.
SANCIÓN: 2 UIT
Lima, 18 de abril del 2011
ANTECEDENTES
1. El 25 de marzo del 2010, el señor Julian Antonio Ururi Quispe (en adelante,
el señor Ururi) y la señora Juana Cormilluni Quispe (en adelante, la señora
Cormilluni) denunciaron ante la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi
de Puno (en adelante, la Comisión) a la Asociación Fondo contra Accidentes
de Tránsito de Puno1 (en adelante, la AFOCAT Puno) por negarse a
otorgarles la indemnización por muerte de su menor hijo, quien falleció en un
accidente de tránsito el 23 de setiembre del 2009 originado por un vehículo
que contaba con un Certificado de Accidentes de Tránsito emitido por la
denunciada. Señalaron que el 28 de setiembre del 2009 presentaron la
solicitud respectiva sin haber recibido atención alguna pese a haber
adjuntado la partida de defunción, el parte policial, copia del certificado de
accidentes de tránsito, entre otros.
2. Mediante Resolución 4 del 12 de mayo del 2010, la Secretaría Técnica de la
Comisión declaró rebelde a AFOCAT Puno por no haber cumplido con
presentar sus descargos.
3. Por Resolución 092-2010-INDECOPI-PUN del 22 de julio del 2010, la
Comisión declaró fundada la denuncia contra AFOCAT Puno por infracción
1 RUC 20447699720. C on domicilio en Av. El Sol 942, Puno.

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