Sentencia nº 000532-2004/SCO de Sala concursal, 25 de Agosto de 2004

Fecha de Resolución25 de Agosto de 2004
EmisorSala concursal
Expediente070-2003/03-18/CCO-ODI-ESN
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Concursal
RESOLUCIÓN Nº 0532-2004/SCO-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 070-2003-03-18/CCO-ODI-ESN
PROCEDENCIA : COMISIÓN DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES EN LA ESCUELA DE
ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS PARA GRADUADOS
(LA COMISIÓN)
ACREEDOR : MADERERA COMERCIAL S.R.L. (MADERERA
COMERCIAL
DEUDOR : AGP INDUSTRIAS S.A. (AGP)
MATERIA : RECONOCIMIENTO DE CREDITOS
CRÉDITO COMERCIAL
ACTIVIDAD : OTRAS ACTIVIDADES N.C.P
SUMILLA
:
Los gastos derivados de una operación de descuento de una letra
de cambio realizada entre el tenedor y una entidad bancaria, no pueden ser
trasladados al aceptante de dicho título valor, salvo que éste manifieste su
consentimiento. Ello, dado que los referidos gastos nacen de una operación
realizada con un tercero que es ajeno a la relación acreedor-deudor y que no
es necesaria para la recuperación de los créditos por parte del acreedor.
Lima, 25 de agosto de 2004
I. ANTECEDENTES
El 26 de febrero de 2004, Maderera Comercial invocó frente a AGP
1
créditos
ascendentes a S/. 43 450,31 por capital, S/. 170,59 por intereses y S/. 1 701,55
por gastos derivados de cuarenta letras de cambio aceptadas por dicha empresa.
Ante el requerimiento efectuado por la Secretaría Técnica de la Comisión, el 29
de marzo de 2004, AGP manifestó su conformidad respecto de los créditos por
capital invocados por Maderera Comercial. Sin embargo, señaló que no debían
reconocerse los créditos por intereses y gastos.
Mediante Resolución Nº 1190-2004/CCO-ODI-ESN del 6 de abril de 2004, la
Comisión reconoció a favor de Maderera Comercial frente a AGP créditos
ascendentes a S/. 43 040,26 por capital, S/. 170,59 por intereses y S/. 410,05 por
gastos.
La Comisión denegó el reconocimiento de créditos ascendentes a S/. 1 218,00
por concepto de gastos de protestos y S/. 73,71 por concepto de portes que el
Banco de Crédito del Perú cobró a Maderera Comercial por operaciones de
descuento realizadas con veintiún letras de cambio presentadas para su
reconocimiento. Según la Comisión, Maderera Comercial no presentó
documentación que acredite la existencia y cuantía de dichos gastos.
1
Por Resolución Nº 0025-2004/CCO-ODI-ESN del 13 de enero de 2004, la Comisión declaró el inicio del procedimiento
concursal ordinario de AGP. Dicha situación se publicó en el diario oficial El Peruano el 19 de enero de 2004.

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