Sentencia nº 003510-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 29 de Noviembre de 2012

Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente319-2012/PS0-INDECOPI-AREQUIPA
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Protección al Consumidor
RESOLUCIÓN 3510-2012/SPC-I NDECOPI
EXPEDIENTE 319-2012/PS0-I NDECOPI-AREQUIPA
(EXPEDIENTE 468-2012/ILN-PS0)
M-SPC-02/1B
PROCEDENCIA : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE
AREQUIPA
PROCEDIMIENTO : CONTIENDA DE COMPETENCIA
DENUNCIANTE : GUILLERMO ALFREDO RODRÍGUEZ JULCA
DENUNCIADA : UNIVERSIDAD JOSÉ CARLOS MARIÁTEGUI
MATERIA : PROCESAL
ACTIVIDAD : ENSEÑANZA SUPERIOR
SUMILLA: Se declara competente por razón de territorio para conocer la
denuncia formulada por el señor Guillermo Alfredo Rodríguez Julca, al
Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al
Consumidor de la Oficina Regional del Indecopi de Tacna, toda vez que es el
órgano en cuya circunscripción territorial se encuentra ubicado el domicilio
principal de la denunciada.
Lima, 29 de noviembre de 2012
I. ANTECEDENTES
1. El 19 de setiembre de 2012, el señor Guillermo Alfredo Rodríguez Julca (en
adelante, el señor Rodríguez) denunció ante el Órgano Resolutivo de
Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor – Sede Lima
Norte (en adelante, el ORPS - Lima Norte) a Universidad José Carlos
Mariátegui1 (en adelante, Universidad) por infracción de la Ley 29571, Código
de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, el Código)2.
2. En su denuncia, el señor Rodríguez señaló lo siguiente:
(i) En los años 2007 y 2008 cursó estudios de la carrera profesional de
Derecho, en la sede de la Universidad ubicada en Lima;
(ii) a efectos de reanudar sus estudios en el año 2010, la denunciada le
requirió tramitar una resolución de reconocimiento de pagos y
constancia de no adeudo, iniciando dicho trámite el 9 de abril de 2010;
(iii) recién el 11 de mayo de 2012, la Universidad emitió la Constancia de
No Adeudo 2012-0552, mediante la cual se le informó que mantenía
una deuda de S/. 1 852,00;
1 RUC 20200848048. Domicilio F iscal: Cal le Ayacucho 393, Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Ni eto y
Departamento de Moquegua.
2 Publicado el 2 de setiembre de 2010 en el diario oficial El Peruano. Entró en vigenc ia a los 30 días calendario.

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