Sentencia nº 003171-2009/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 25 de Noviembre de 2009

Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2009
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente313317-2007/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 3171-2009/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 313334-2007
1-25
SOLICITANTE : INTEGRAMÉDICA S.A.
OPOSITORA : AFP INTEGRA
Cuestión previa - Notoriedad de la marca registrada Aplicación del
artículo 136, inciso h) de la Decisión 486.
Lima, veinticinco de noviembre de dos mil nueve.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 3 de mayo de 2007, Integramédica S.A. (Chile) solicitó el registro de
la marca de producto constituida por el logotipo conformado por la
denominación INTEGRAMEDICA escrita en letras características de color azul,
sobre ésta, la representación de la letra I en color anaranjado, a los costados
dos barras escalonadas de color azul; conforme al modelo, para distinguir
productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos para la medicina;
sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés, material para
apósitos, material para empastar los dientes y para moldes dentales;
desinfectantes; productos para la destrucción de animales dañinos; fungicidas,
herbicidas, de la clase 5 de la Nomenclatura Oficial.
Con fecha 5 de setiembre de 2007, AFP Integra formuló oposición
manifestando lo siguiente:
(i) Es una administradora privada de fondos de pensiones que opera en el
mercado peruano desde 1993, teniendo como principal accionista al ING
Group.
(ii) Es titular en el Perú, entre otras, de la marca INTEGRA inscrita, bajo
Certificado 752, en la clase 36 de la Nomenclatura Oficial. Asimismo,
es titular de la marca AFP INTEGRA y de la solicitud de registro de la
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 3171-2009/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 313334-2007
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marca INTEGRA AFP SEGURIDAD Y CONFIANZA y logotipo en la clase
36 de la Nomenclatura Oficial.
(iii) Es titular de las marcas INTEGRA e INTEGRA y logotipo en diversos
países, tales como Ecuador, El Salvador, República Dominicana y
Venezuela.
(iv) La marca INTEGRA es una marca notoriamente conocida, la cual ha sido
reconocida como tal por la Oficina de Signos Distintivos, mediante
Resolución 14806-2004/OSD-INDECOPI (Expediente 173215-
2003), por lo que es un hecho objetivo que no admite discusión alguna.
(v) Debido a que la notoriedad ha sido declarada recientemente, se debe
adoptar el criterio desarrollado por tal resolución, ya que tal calidad
permanece y no necesita ser acreditada nuevamente, más aún si se tiene
en cuenta que dicha marca continúa siendo utilizada y manteniendo una
condición de liderazgo inobjetable.
(vi) El signo solicitado constituye una trascripción parcial de la marca
INTEGRA y si bien está conformado, además, por la denominación
MEDICA y la letra L (sic) en color anaranjado y la figura de dos barras,
tales elementos resultan irrelevantes para establecer una diferencia frente
a su marca.
(vii) Lo que destaca en el signo solicitado es la denominación INTEGRA, dado
que la denominación MEDICA alude directamente a los productos que
pretende distinguir, siendo una denominación descriptiva.
(viii) Si bien el signo solicitado por Integramédica S.A. se encuentra
conformado por elementos gráficos adicionales que no contiene su marca
INTEGRA, tales elementos figurativos no sirven de mérito para poder
inferir que se trata de signos diferentes.
(ix) La trascripción de su marca INTEGRA en el signo solicitado origina que
ésta constituya o sea percibido por el público consumidor como una
variación de su marca notoriamente conocida, por lo que es inevitable que
el público consumidor las asocie erróneamente atribuyéndoles un mismo
origen empresarial.
(x) La solicitante utiliza los mismos colores característicos utilizados por su
empresa: azul y anaranjado, tal y como se advierte de las páginas web de
ambas empresas.
(xi) Los servicios de administración de fondos de pensiones que AFP
INTEGRA distingue con la marca INTEGRA se encuentran estrechamente
vinculados con los productos que la solicitante pretende distinguir con el
signo INTEGRAMEDICA, así como con los demás productos y servicios
para los cuales la solicitante también ha solicitado el registro de la marca
objeto de la presente oposición, ya que a través de los servicios que

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