Sentencia nº 000807-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 11 de Abril de 2011

Fecha de Resolución11 de Abril de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente264-2009/CCD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0807-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 264-2009/C CD
M-SC1-02/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE LA COMPETENCIA
DESLEAL
DENUNCIANTE : CENTRO DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
DENUNCIADA : LAN PERÚ S.A.
MATERIA : PUBLICIDAD COMERCIAL
ACTOS DE ENGAÑO
ACTIVIDAD : SERVICIOS DE TRANSPORTE AÉREO
SUMILLA: se CONFIRMA, bajo otros fundamentos, la Resolución 148-
2010/CCD-INDECOPI del 22 de julio de 2010, que declaró infundada la
denuncia interpuesta por Centro de Protección al Consumidor contra Lan
Perú S.A. por la presunta comisión de actos de competencia desleal en la
modalidad de engaño, supuesto contemplado en el artículo 8.1 del Decreto
Legislativo 1044 - Ley de Represión de la Competencia Desleal, toda vez que
ha quedado acreditado que la denunciada cumplió con las condiciones
promocionadas en el anuncio cuestionado.
Lima, 11 de abril de 2011
I. ANTECEDENTES
1. El 10 de diciembre de 2009, Centro de Protección al Consumidor denunció a
Lan Perú S.A. (en lo sucesivo, Lan) ante la Comisión de Fiscalización de la
Competencia Desleal1 (en adelante, la Comisión) por la presunta comisión de
actos de competencia desleal en la modalidad de engaño, contemplados en
el artículo 8.1 del Decreto Legislativo 1044 – Ley de Represión de la
Competencia Desleal, al haber difundido vía correo electrónico, un anuncio
promocionando pasajes de ida y vuelta desde Lima a Chiclayo y viceversa
con 50% de descuento, desde US$ 49 o S/. 150, los cuales podían ser
adquiridos entre el 15 y el 18 de octubre de 2009.
2. A decir de la denunciante, el 17 de octubre de 2009, es decir, dentro de la
vigencia de la promoción anunciada, adquirió de un establecimiento de Lan
dos (2) pasajes aéreos para la ruta promocionada, los cuales le fueron
vendidos a un monto ascendente a US$ 151,36, esto es, cada pasaje tuvo un
valor de US$ 75,68 (incluidos los impuestos correspondientes), el cual no era
el precio publicitado en el anuncio.
1 Cabe mencionar que el 23 de octubre de 2009, Centro de Protección al Consumidor interpuso su denuncia ante la
Comisión de la Oficin a Regional del Indecopi de Lambayeque, quien m ediante Resolución 3584-2009/INDECOPI-
LAM del 16 de noviembre d e 2009, se inhibi ó de conocer l a referida denuncia y remitió los actu ados a la C omisión
de Fiscalización de la Competencia Desleal.

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