Sentencia nº 003172-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 6 de Diciembre de 2010

Fecha de Resolución 6 de Diciembre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente050-2010/CCO-SANCIONADOR
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 03172-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 050-2010/CCO-SA NCIONADOR
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA NORTE
DEUDOR : CONSORCIO TEXTIL SESAN S.A.C. EN LIQUIDACION
DENUNCIADO : JOSE HUMBERTO GALLENO MONTOYA
MATERIA : PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
INCUMPLIMIENTO DE ENTREGA DE ACERVO
DOCUMENTARIO
IMPOSICIÓN DE SANCIÓN ADMINISTRATIVA
ACTIVIDAD : FABRICACION DE PRENDAS DE VESTIR
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 0119-2010/ILN-CCO del 26 de mayo
de 2010, que sancionó al señor José Humberto Galleno Montoya, en su
calidad de ex Gerente General de Consorcio Textil Sesan S.A.C. con dos (2)
Unidades Impositivas Tributarias por haber incumplido con la entrega del
acervo documentario de dicha empresa a Análisis y Desarrollo de Negocios
S.A.C.
SANCIÓN: 2 UIT
Lima, 6 de diciembre de 2010
ANTECEDENTES
1. El 20 de agosto de 2007, se publicó en el diario oficial “El Peruano” la
disolución y liquidación de Consorcio Textil Sesan S.A.C. (en adelante, Textil
Sesan). El 13 de diciembre de 2007, la junta de acreedores de Textil Sesan
designó a Análisis y Desarrollo de Negocios S.AC. (en adelante, ADN) como
entidad liquidadora de la concursada, suscribiéndose el convenio de
liquidación respectivo.
2. Por Requerimiento 389-2010/CCO-INDECOPI del 26 de enero de 2010, la
Secretaría Técnica de la Comisión requirió al señor José Humberto Galleno
Montoya (en adelante, el señor Galleno) para que, en un plazo no mayor de
cuatro (4) días hábiles, cumpla con entregar a ADN la totalidad del acervo
documentario y los bienes de la empresa deudora.
3. El 27 de enero de 2010, el señor Galleno absolvió el requerimiento efectuado
manifestando que por mandato judicial contenido en la Resolución 1 emitida
por el Tercer Juzgado Comercial del Callao entregó a Scotiabank Perú S.A.A.
(en adelante, Scotiabank) el local donde desarrollaba sus actividades la
empresa deudora, quedando en su interior la documentación y los bienes
requeridos.

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