Sentencia nº 000830-2005/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 26 de Julio de 2005

Fecha de Resolución26 de Julio de 2005
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente000022-2005/CAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN Nº 0830-2005/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 000022-2005/CAM
M-SDC-02/1C
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ACCESO AL MERCADO (LA
COMISIÓN)
DENUNCIANTE : PROCEDIMIENTO DE OFICIO
DENUNCIADO : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
VILLA EL
SALVADOR
(LA MUNICIPALIDAD)
MATERIA : ACCESO AL MERCADO
BARRERAS BUROCRÁTICAS
GOBIERNOS LOCALES
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
EN GENERAL
SUMILLA: en el procedimiento seguido de oficio contra la
Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, la Sala ha resuelto
confirmar la Resolución N° 0100-2005/CAM-INDECOPI, emitida por la
Comisión de Acceso al Mercado el 14 de junio de 2005, que declaró que
los requisitos y condiciones adicionales exigidos para la emisión de
licencias de funcionamiento provisional para micro y pequeñas
empresas, constituyen la imposición de barreras burocráticas ilegales.
Ello, toda vez que contravienen las normas de simplificación
administrativa contenidas en la Ley Nº 28015 -Ley de Promoción y
Formalización de la Micro y Pequeña Empresa- y su Reglamento.
Lima, 26 de julio de 2005
I ANTECEDENTES
Por Resolución del 10 de febrero del 2005, la Comisión inició procedimiento
de oficio contra la Municipalidad por la imposición de barreras burocráticas
ilegales materializadas en el establecimiento de requisitos y condiciones
para el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento Provisional para micro
y pequeñas empresas (MYPEs). La Comisión indicó que la Municipalidad
exigía requisitos adicionales y plazos mayores a los establecidos en la Ley
N° 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña
Empresa, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2003-
TR.
Luego de ser admitida a trámite la denuncia y una vez presentados los
descargos de la Municipalidad, la Secretaría Técnica de la Comisión emitió
el Informe N° 050-2005/INDECOPI-CAM del 13 de junio de 2005, acerca de
las barreras burocráticas materia del procedimiento.
Mediante Resolución N° 0100-2005/CAM-INDECOPI del 14 de junio de
2005, la Comisión declaró que la exigencia, por parte de la Municipalidad, de
requisitos adicionales para la obtención de la licencia de funcionamiento
provisional para MYPEs, los cuales no se encuentran contemplados en la

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