Sentencia nº 003185-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 24 de Octubre de 2012

Fecha de Resolución24 de Octubre de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente336-2012/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competencia N° 2
RESOLUCIÓN 3185-2012/ SC2-INDECOPI
EXPEDIENTE 336-2012/CPC
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
SEDE LIMA SUR Nº 2
PROCEDIMIENTO : DE OFICIO
DENUNCIADO : PODER GOURMET E.I.R.L
MATERIAS : LIBRO DE RECLAMACIONES
DEBER DE INFORMACIÓN
ACTIVIDAD : OTRAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES N.C.P
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado que halló responsable
a Poder Gourmet E.I.R.L, por no contar con el libro de reclamaciones ni con
el aviso que diera cuenta sobre el mismo.
SANCIÓN: 1 UIT
Lima, 24 de octubre de 2012
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 1 del 17 de febrero de 2011, la Comisión de Protección
al Consumidor – Sede Lima Sur inició un procedimiento de oficio contra
Poder Gourmet E.I.R.L1 (en adelante, Poder Gourmet) por presuntas
infracciones de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del
Consumidor2 (en adelante, el Código). Ello en tanto que en la diligencia de
inspección llevada a cabo el 10 de enero de 2012 en el establecimiento
comercial de la denunciada se verificaron las siguientes conductas:
(i) No contaba con el libro de reclamaciones, hecho que vulneraría lo
establecido en el artículo 150º del Código; y,
(ii) no exhibía el aviso de libro de reclamaciones, hecho que vulneraría el
artículo 151º del Código.
2. El 2 de mayo de 2012, Poder Gourmet manifestó que el 17 de enero de 2012
presentó ante el Indecopi, copia de la primera hoja del libro de reclamaciones
y fotografías del aviso que da cuenta sobre la existencia del referido libro.
3. Mediante Resolución 1862-2012/CPC del 22 de mayo de 2012, la Comisión
de Protección al Consumidor – Sede Lima Sur Nº 2 (en adelante, la
Comisión) resolvió lo siguiente:
1 RUC: 20524041856. Domicilio fisc al: Cal. Santa Rosa 165, Lima, Lima.
2 Publicado el 2 de setiembr e de 2010 en el diario oficial El Peruano. Entró en vi gencia a los 30 días calendario.
M-SC2-13/1B

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