Sentencia nº 001198-2009/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 29 de Octubre de 2009

Fecha de Resolución29 de Octubre de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente76-2007/CCO-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 1
RESOLUCIÓN 1198-2009/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 76-2007/CCO-INDE COPI
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DEUDORA : AURORA MEJÍA ATAUJE – PATRIMONIO EN
LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : RIGOBERTO SERVÁN TRIGOSO
MATERIA : PEDIDO DE INSCRIPCIÓN REGISTRAL
ACTIVIDAD : PERSONA NATURAL
SUMILLA: se confirma la Resolución 2222-2009/CCO-INDECOPI del 9 de marzo
de 2009, que denegó la solicitud presentada el 4 de febrero del mismo año por
el señor Rigoberto Serván Trigoso para que la Comisión de Procedimientos
Concursales oficie a la Oficina de Registros Públicos respectiva, para que
inscriba la resolución que declara la situación de concurso, y en
consecuencia, produzca efectos ante terceros la sustitución del régimen de
sociedad de gananciales de la sociedad conyugal que conforman la señora
Aurora Mejía Atauje y el señor Marcial Gutiérrez Sánchez por el régimen de
separación de patrimonios.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley General del Sistema
Concursal, norma aplicable al presente procedimiento en virtud del principio
de especialidad, es obligación de cargo de la deudora y no de la autoridad
concursal solicitar la inscripción de la resolución que declare la situación de
concurso o su disolución y liquidación en el Registro Público correspondiente.
Sin perjuicio de lo anterior, cualquier interesado, como es el caso del señor
Rigoberto Serván Trigoso, podrá solicitar la inscripción registral de la
situación de concurso de la deudora.
Lima, 29 de octubre de 2009
ANTECEDENTES
1. El 2 de julio de 2007 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la disolución y
liquidación del patrimonio de la señora Aurora Mejía Atauje (en adelante, la
señora Mejía).
2. Por Resolución 11241-2007/CCO-INDECOPI del 12 de noviembre de 2007, se
declaró la inexistencia de concurso del Procedimiento Concursal Ordinario de
señora Mejía.
3. Mediante Resolución 1417-2008/CCO-INDECOPI del 3 de marzo de 2008, se
designó de oficio a Administradores Corporativos S.A.C. como entidad
liquidadora del patrimonio de la señora Mejía.
4. El 4 de febrero de 2009, el señor Rigoberto Serván Trigoso (en adelante, el
señor Serván) solicitó a la Comisión de Procedimientos Concursales (en
adelante, la Comisión) que oficie a la Oficina de Registros Públicos para que

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