Sentencia nº 000112-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 26 de Enero de 2012

Fecha de Resolución26 de Enero de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente127-2010/CCD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0112-2012/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 127-2010/ CCD
M-SC1-02/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE LA COMPETENCIA
DESLEAL
DENUNCIANTE : PROCEDIMIENTO INICIADO DE OFICIO
DENUNCIADA : QUALITY PRODUCTS S.A.C.
MATERIA : PUBLICIDAD COMERCIAL
PROCESAL
ACTOS DE ENGAÑO
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
ACTIVIDAD : VENTA DE OTROS ENSERES DOMÉSTICOS
SUMILLA: se declara la NULIDAD de la Resolución 032-2011/CCD-INDECOPI
del 9 de marzo de 2011, en el extremo que consideró como un acto de
engaño contrario al artículo 8 del Decreto Legislativo 1044 Ley de
Represión de la Competencia Desleal– el uso de la frase “(…) diez científicos
avalan lo preciso y efectivo que es este tipo de aplicación” para promocionar
el producto cosmético “Bontaliss”. La razón es que dicha afirmación
publicitaria no fue expresamente imputada a través de la notificación
preventiva de cargos formulada en la Resolución s/n del 10 de agosto de
2010, afectando así la garantía de congruencia y los derechos de defensa y
debido procedimiento de Quality Products S.A.C.
De otro lado, se CONFIRMA la Resolución 032-2011/CCD-INDECOPI, en el
extremo que halló responsable a Quality Products S.A.C. por la comisión de
actos de engaño derivados del uso de las afirmaciones “Análisis químicos in
vitro demuestran la eficacia de las moléculas de Bontaliss para reducir las
micro-contracciones de la piel”, Está científicamente demostrada su
eficacia para reducir las arrugas y las finas líneas de expresión”, “Atenúa
todo tipo de arrugas sin alterar la expresión de tu cara”, “Frena la formación
de las arrugas y las líneas de expresión”, “Es un nuevo método (…) muy
efectivo” y “Bontaliss es un tratamiento (…) libre de efectos secundarios”.
Ello, debido a que los medios probatorios presentados no sustentan la
veracidad de las referidas propiedades promocionadas en el anuncio
televisivo del producto “Bontaliss”.
Asimismo, se REVOCA la Resolución 032-2011/CCD-INDECOPI, que halló
responsable de actos de engaño a Quality Products S.A.C. por usar la frase
“Es un nuevo método no invasivo, 100% seguro (…)”; y, en tal sentido, se
declara infundado este extremo de la imputación. De una interpretación de la
publicidad se desprende que el anunciante afirma estas cualidades en tanto
el producto es de uso tópico y no involucra inyecciones, cirugías u otras
formas de intervención en la piel, lo cual se encuentra debidamente
acreditado.
Finalmente, se CONFIRMA la Resolución 032-2011/CCD-INDECOPI, en el
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0112-2012/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 127-2010/ CCD
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extremo que sancionó a Quality Products S.A.C. con una multa de 50
(cincuenta) Unidades Impositivas Tributarias, considerando la reincidencia
de la imputada en infracciones por publicidad engañosa.
SANCIÓN: 50 UIT
Lima, 26 de enero de 2012
I ANTECEDENTES
1. Mediante Carta 0146-2009/PREV-CCD-INDECOPI del 21 de octubre de
2009, la Secretaría Técnica de la Comisión de Fiscalización de la
Competencia Desleal (en adelante, la Comisión), en ejercicio de sus
facultades de investigación preliminar1, requirió a Quality Products S.A.C.2 3
(en adelante, Quality) que presente los medios probatorios que sustenten la
veracidad de diversas afirmaciones publicitarias difundidas en el anuncio
televisivo a través del cual promocionaba su producto “Bontaliss”4.
2. El 10 de noviembre de 2009, Quality dio respuesta a la referida carta,
indicando que las afirmaciones vertidas en el anuncio cuestionado se
encontraban sustentadas en los siguientes documentos:
(i) un estudio clínico denominado “Anti-Wrinkle Effect Clinical Study for the
Evaluation of the Efficacy of a Cosmetic Investigational Product, After
Repeated Applications, Under the Normal Conditions of Use, For 4
weeks, in the Female Adult Subject” (en adelante, Estudio Clínico 15);
(ii) un estudio clínico denominado “A four (4) Week Evaluation of The
Effects of One (1) Topical Product on Facial Skin Condition Bontaliss
10000 con sus respectivos apéndices (en lo sucesivo, Estudio Clínico
26);
1 DECRETO LEGISLATIVO 1044, Artículo 26.- La Secretaría Técnica.-
(…)
26.2.- Son atribuciones de la S ecretaría Técnica:
a) Efectuar investigaciones prelim inares;
(…)
2 De conformidad con lo informado por la imputada, la denominación s ocial que tenía al inicio de las investigaciones
(Quality Products S.A. ) fue variada a Home Direct S.A. C., según acuerdo de Junta General de Ac cionistas del 22 de
diciembre de 2010. No obstant e, con posterioridad, el mismo órgano societario decidió el 8 de m arzo de 2011 una
nueva modificación de este aspecto, siendo adoptada como denominación s ocial Quality Products S.A.C.
3 R.U.C.: 20293503967.
4 El anuncio corresponde a un “Info-comercial” d e aproximadamente 30 (treinta) minutos de duración, y que ha sid o
registrado en un DVD que obra a fojas 18 del expediente.
5 Cuya traducción obra a fojas 202 a 259 d el expediente.
6 La traducción obra de fojas 159 a 201 del expediente.

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