Sentencia nº 002828-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 20 de Septiembre de 2012

Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente933-2012/PS3
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 2828-2012/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 933-2012/PS3
(EXPEDIENTE 1362-2012/ CPC)
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR – SEDE
LIMA SUR Nº 2
PROCEDIMIENTO : CONTIENDA DE COMPETENCIA
DENUNCIANTE : CARLOS ALEJANDRO VELÁSQUEZ LÓPEZ-RAYGADA
DENUNCIADA : INVERSIONES ROMA S.A.C.
MATERIA : LIBRO DE RECLAMACIONES
ACTIVIDAD : RESTAURANTES, BARES Y CANTINAS
SUMILLA: Se declara que el Órgano Resolutivo de Procedimientos
Sumarísimos de Protección al Consumidor Nº 3 es el órgano competente,
por razón de cuantía, para conocer la denuncia del señor Carlos Alejandro
Velásquez López-Raygada contra Inversiones Roma S.A.C.
Lima, 20 de setiembre del 2012
ANTECEDENTES
1. El 24 de mayo de 2012, complementado con el escrito del 22 de junio de
2012, el señor Carlos Alejandro Velásquez López-Raygada (en adelante, el
señor Velásquez) denunció a Inversiones Roma S.A.C.1 (en adelante,
Inversiones Roma) por infracción de la Ley 29571, Código de Protección y
Defensa del Consumidor (en adelante, el Código). Señaló lo siguiente:
(i) En el mes de 2012, Mastercard Internacional Sucursal Perú (en
adelante Mastercard) inició una campaña publicitaria consistente en
aplicar el 50% de descuento a los consumos efectuados con tarjeta de
crédito en restaurantes afiliados a la promoción, los mismos se
encontraban detallados en el brochure informativo dirigido por
Martercard a sus clientes. Dicho encarte publicitario consignó como
únicas restricciones, los consumos efectuados en días festivos y
feriados, asimismo precisó que dicha promoción no era acumulable con
otras promociones;
(ii) el 5 de mayo de 2012, dentro del plazo de vigencia de la promoción,
cuando se disponía a efectuar el pago por la compra de un plato
incluido en la promoción, le informaron que la promoción no era
aplicable para aquellos platos solicitados para llevar a domicilio;
(iii) ante dicha situación, solicitó la entrega del Libro de Reclamaciones,
acceso que le fue negado;
1 Con R UC: 20108967111, con nombr e comercial Restaurante D on Rosalino y con domicilio fiscal en A v. Aviación
2667, Urb. San Borja (a 2 cuadras del cruce J . Prado y Aviación), distrito d e San Borja, provincia y d epartamento de
Lima.

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