Sentencia nº 001123-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 12 de Mayo de 2011

Fecha de Resolución12 de Mayo de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente005-2010/CPC-INDECOPI-LOR
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 2
RESOLUCIÓN 1123-2011/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 005-2010/CPC-I NDECOPI-LOR
(EXPEDIENTE 006-2010-LCC/CP C-INDECOPI-LOR)
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE LORETO
PROCEDIMIENTO: DE PARTE
DENUNCIANTE : ASOCIACIÓN ATENEA
DENUNCIADO : TRANSPACIFIC INVESTMENT S.R.L.
MATERIA : RESOLUCIÓN DE TRÁMITE
ADHESIÓN
ACTIVIDAD : EXHIBICIÓN DE FILMES Y VIDEOS
SUMILLA: Se tiene por adherida a Asociación Atenea a la apelación
interpuesta por el denunciado contra la Resolución 461-2011/INDECOPI-LOR
del 2 de noviembre de 2010 emitida por la Comisión de la Oficina Regional
del Indecopi de Loreto.
Lima, 12 de mayo de 2011
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 217-2010/INDECOPI-LOR del 1 de junio de 2010, la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Loreto (en adelante, la
Comisión) declaró fundada la denuncia interpuesta por Asociación Atenea
(en adelante, la Asociación) contra Transpacific Investment S.R.L.1 (en
adelante, Transpacific) por infracción de los artículos 5º inciso b), 8º y 15º del
Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor. En consecuencia,
se ordenó a la Asociación el pago de S/. 35,00 por concepto de costas del
procedimiento dejando a salvo el derecho de esta última de solicitar la
liquidación de costos respectiva.
2. El 16 de junio de 2010, la Asociación indicó que la suma incurrida por
concepto de costos del procedimiento ascendía a S/. 3 000,00.
3. Mediante Resolución 461-2010/INDECOPI-LOR del 2 de noviembre de 2010,
la Comisión ordenó a Transpacific el pago de S/. 35,00 y S/. 1 500,00 por
concepto de costas y costos del procedimiento, respectivamente.
4. El 16 de noviembre de 2010, Transpacific apeló la Resolución 461-
2010/INDECOPI-LOR en el extremo que ordenó el pago de S/. 1 500,00 por
concepto de costos.
5. Mediante Proveído 1 del 18 de febrero de 2011, la Secretaría Técnica de la
Sala puso en conocimiento de la Asociación la apelación formulada por
1 RUC 20493223641, domiciliado en Calle Arica 258, Maynas, Loreto.

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