Sentencia nº 000299-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 9 de Febrero de 2011

Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente363-2009/CCO-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUA L
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0299-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 363-2009/CCO-INDE COPI
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : CARLOS JAVIER GEREDA PESCHIERA
ACREEDOR : SCOTIABANK PERU S.A.A.
MATERIA : PROCEDIMIENTO CONCURSAL ORDINARIO A
SOLICITUD DE ACREEDOR
CRÉDITOS SUSTENTADOS EN TÍTULOS VALORES
TÍTULO VALOR EN BLANCO
EXIGIBILIDAD DE OBLIGACIONES
ACTIVIDAD : EXPLOTACION MIXTA
SUMILLA: se REVOCA la Resolución 5150-2010/CCO-INDECOPI del 19 de julio
de 2010, en el extremo que declaró fundada en parte la oposición presentada
por el señor Carlos Javier Gereda Peschiera y, como consecuencia de ello,
se declara infundada la solicitud de inicio del procedimiento concursal
ordinario del referido señor presentada por Scotiabank Perú S.A.A., debido a
que el emplazado no ha acreditado que los pagarés emitidos en blanco
hayan sido completados por el solicitante en contravención a los acuerdos
pactados entre ambas partes según lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley
de Títulos Valores, por lo que dichos documentos tienen mérito ejecutivo y,
por tanto, los derechos de crédito incorporados en ellos son exigibles en los
términos establecidos por la citada norma.
En consecuencia, se reforma la resolución apelada y se declara el inicio del
procedimiento concursal ordinario del señor Carlos Javier Gereda Peschiera
Lima, 9 de febrero de 2010
I. ANTECEDENTES
1. Por escrito presentado el 18 de septiembre de 2009, Scotiabank Perú S.A.A.
(en adelante, Scotiabank) solicitó ante la Comisión de Procedimientos
Concursales del Indecopi Lima Sur (en adelante, la Comisión) el inicio del
procedimiento concursal ordinario del señor Carlos Javier Gereda Peschiera
(en adelante, el señor Gereda), en su calidad de fiador solidario de Inversiones
y Servicios S.A. en virtud del contrato de fianza solidaria del 24 de noviembre
de 2004.
2. Por Resolución 10906-2009/CCO-INDECOPI del 22 de octubre de 2009, la
Comisión emplazó al señor Gereda a fin de que se apersone al procedimiento
en alguna de las formas previstas en el artículo 28 de la Ley General del
Sistema Concursal y manifieste su posición respecto de las obligaciones
solicitadas por Scotiabank ascendentes a US$ 1 605 245,43 por capital y
US$ 198 273,80 por intereses, derivadas de los créditos incorporados en

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