Sentencia nº 001401-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 20 de Junio de 2012

Fecha de Resolución20 de Junio de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente024-2010/ILN-CCO-03-07
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1401-2012/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 024-2010/ILN-C CO-03-07
1/11
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA NORTE
DEUDORA : PLASTICOS CHARITO E.I.R.L.
ACREEDOR : FLEXPACK ANDINA S.A.C.
MATERIA : RECONOCIMIENTO DECRÉDITOS
INFUNDADO
ORIGEN : CRÉDITO COMERCIAL
ACTIVIDAD : FABRICACION DE PRODUCTOS DE PLASTICOS
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 0220-2011/ILN-CCO del 16 de marzo
de 2011, debido a que la documentación que obra en el expediente no acredita
que los pagos por subrogación efectuados por Consorcio Unipetro S.A.C. de
diversas obligaciones que mantenía Plásticos Charito E.I.R.L. frente
instituciones financieras constituyan la relación causal que dio origen a las
obligaciones invocadas por Flexpack Andina S.A.C. frente a Plásticos Charito
E.I.R.L. contenidas en las once letras de cambio sustento de su solicitud de
reconocimiento de créditos.
Lima, 20 de junio de 2012
I. ANTECEDENTES
1. El 30 de agosto de 2010, la Comisión de Procedimientos Concursales Lima
Norte (en adelante, la Comisión) publicó la situación de concurso de
Plásticos Charito E.I.R.L. (en adelante, Plásticos Charito).
2. Por escrito del 7 de octubre de 2010, complementado el 8 de noviembre de
2010, Flexpack Andina S.A.C. (en adelante, Flexpack) invocó ante la
Comisión el reconocimiento de créditos frente a Plásticos Charito
ascendentes a US$ 1 104 268,77 por concepto de capital y US$ 116 188,08
por concepto de intereses, derivados de (11) once letras de cambio,
aceptadas por Plásticos Charito a favor de Consorcio Unipetro S.A.C. (en
adelante, Consorcio Unipetro) y luego endosadas a Flexpack, según el
siguiente detalle:
Nº de Letra
Fecha de giro Fecha de vcto.
Intereses Capital Total Deuda
52017 28/10/09 2 7/11/09 16,521.13
161,444.26
181,104.40
52018 28/10/09 2 7/11/09 1,862.47
18,200.00
20,416.34
52019 28/10/09 2 7/11/09 1,923.87
18,800.00
21,089.41
52020 28/10/09 2 7/11/09 11,380.94
111,214.41
124,757.73
52021 28/10/09 2 7/11/09 1,908.52
18,650.00
20,921.14
52022 28/10/09 2 7/11/09 1,877.82
18,350.00
20,584.61
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1401-2012/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 024-2010/ILN-C CO-03-07
2
/
52023 28/10/09 2 7/11/09 13,100.90
128,021.84
143,611.91
52024 25/11/09 30/12/09 17,495.55
191,557.16
212,376.86
52025 04/01/10 3 1/01/10 12,928.93
160,276.00
175,661.43
52026 29/01/10 2 8/02/10 11,693.11
163,922.17
177,836.97
52027 03/03/10 3 1/03/10 6,943.80
113,832.83
122,095.95
TOTAL 116,188.08
1,104,268.67
1,220,456.75
3. Adicionalmente, Flexpack señaló que los créditos invocados por concepto de
capital ascendentes a US$ 1 104 268,67 se sustentaban en diversas
Escrituras Públicas, según el siguiente detalle:
Monto invocado
por capital Fundamento Documento sustentarorio
US$ 868 501,51 Derivados de obligaciones
que e l señor Roberto Iván
Lucak Miklos (en adelante,
señor Lucak) tenía frente a
Plásticos Charito y que
luego fueron cedidas a
favor de Flexpack. Según
lo señalado por la
solicitante dichas
obligaciones se
encontraban respaldadas
en títulos valores
renovados.
1) Escritura Pública sobre Reconocimiento de
Deuda y Forma de Cancelación celebrado el 6
de noviembre de 2009 entre el señor Lukac y
Plásticos Charito.
2) Carta Notarial del 30 de junio de 2010 por la
cual el señor Lukac comunicó a Plásticos
Charito la cesión de créditos efectuada a favor
de Flexpack.
3) Escritura Pública de Constitución de Hipoteca
otorgada por Plásticos Charito a favor del señor
Lukac celebrada el 6 de noviembre de 2009.
4) Escritura Pública sobre Cesión de Derechos
celebrada el 4 de junio de 2010 entre el señor
Lukac y Flexpack.
5) Letras de cambio. La solicitante presentó
once (11) letras de cambio, sin embargo no
especificó cuáles serían las cambiales que
incorporan obligaciones por US$ 868 501,51.
US$ 235 767,16 Derivados de letras de
cambio aceptadas por
Plásticos Charito a la
orden de Consorcio
Unipetro y endosadas en
propiedad por ésta última a
favor de Flexpack.
Letras de cambio. La so licitante p resentó 11
letras de cambio sin embargo no especificó
cuáles serían las cambiales que incorporan
obligaciones por US$ 235 767,16.
4. En atención al requerimiento efectuado por la Secretaría Técnica de la
Comisión1, Flexpack presentó la siguiente documentación:
1 El 21 de octubre de 2010, en atención a la cuantí a elevada de los créditos invocados y, de conf ormidad con el
Precedente de Obs ervancia Obligatoria contenido en la Resolución 79-97/TDC-INDECOPI y el artículo 38 de la Ley
General del Sist ema Concursal, la Secretaría T écnica de la Comisión r equirió a Flexpack que pres ente, entre otros,
lo siguiente:
(i) copia d el acta de la junta de accionistas o del directorio en l a que se verifique el acuerd o mediante el cual
se decidió adquirir l os créditos qu e mantendría el señor Luk ac frente a Plásticos Charito ascendentes a
US$ 868 501,51;

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