Sentencia nº 000481-2003/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 31 de Octubre de 2003

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2003
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente594-2002/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0481-2003/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 0594-2002-CPC
M-SDC-02/1A
PROCEDENCIA : COMISION DE PROTECCION AL CONSUMIDOR (LA
COMISION)
DENUNCIANTE : MARIA JUDITH EGAS TERRONES (LA SEÑORA EGAS)
DENUNCIADOS : BANCO DE CREDITO DEL PERU (EL BANCO)
MAPFRE PERU COMPAÑIA DE SEGUROS Y
REASEGUROS (MAPFRE)
MATERIA : PROTECCION AL CONSUMIDOR
NULIDAD
ACTIVIDAD : INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
Lima, 31 de octubre de 2003
I. ANTECEDENTES
El 8 de julio de 2002, la señora Egas interpuso denuncia contra el Banco y Mapfre
por presunta infracción a la Ley de Protección al Consumidor, cometida con
ocasión del hurto de su vehículo adquirido mediante financiamiento del Banco, en
la cual señaló lo siguiente:
(i) en el mes de febrero de 2001, adquirió un vehículo marca Ford, modelo
Ranger Splash de placa de rodaje N° PIF-753, por el monto de
US$ 16 600, financiado por el Banco. Al respecto, señaló que el 10 de
junio del 2002, el vehículo fue hurtado, sufriendo daños materiales, hecho
por el cual interpuso la denuncia policial respectiva.
(ii) informó el hecho a Mapfre a efectos de hacer efectiva la cobertura del
seguro del vehículo. Sin embargo, mediante carta notarial del 22 de junio,
Mapfre le informó que dicho siniestro no tenía cobertura.
(iii) la señora Egas señaló que Mapfre no le informó respecto a los alcances
del seguro del vehículo, indicando que el Banco contrató a Mapfre sin
informarle que podía contratar a otra compañía de seguros, ni que el
importe, las condiciones y coberturas del seguro podían ser negociadas.
Agregó que debido a la falta de información no pudo conocer que
determinados siniestros no se encontraban cubiertos.
(iv) finalmente, indicó que creyó que su vehículo se encontraba cubierto
contra todo riesgo, en tanto que, en los comprobantes de pago de las
cuotas emitidos por el Banco se indicaba “SEG. TODO RIESGO”.
El 9 de agosto de 2002, el Banco presentó los descargos correspondientes
indicando lo siguiente:

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