Sentencia nº 001322-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 5 de Junio de 2012

Fecha de Resolución 5 de Junio de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente001-2005/01-1553/CCO-ODI-LAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1322-2012/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 001-2005-01-1553/ CCO-ODI-LAM
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI EN LAMBAYEQUE
DEUDOR : AGRO PUCALÁ S.A.A.
ACREEDOR : ATILANO RUBIO CORONEL
CONSORCIO LÍDER AZUCARERO DEL NORTE
S.A.C.
IMPUGNANTE : CONSORCIO LÍDER AZUCARERO DEL NORTE
S.A.C.
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : ELABORACIÓN DE AZÚCAR
SUMILLA: se declara, por mayoría, que Consorcio Líder Azucarero del Norte
S.A.C. (Clan) tiene legitimidad para intervenir en el presente procedimiento
de reconocimiento de créditos en mérito al Contrato de cesión de derechos
celebrado con el señor Atilano Rubio Coronel.
Asimismo, se REVOCA, por mayoría, la Resolución 0758-2009/INDECOPI-
LAM del 31 de marzo de 2009, que declaró fundado el recurso de
reconsideración interpuesto por el Clan contra la Resolución 0556-
2008/INDECOPI-LAM y reconoció créditos ascendentes a S/. 12 533,97 por
capital y S/. 16 068,27 por intereses y, modificándola, se FIJA la cuantía de
los créditos reconocidos en la suma ascendente a S/. 15 059,14 por capital y
S/. 18 357,94 por intereses derivados de “deuda laboral” del año 1996, CTS
no capitalizada y CTS devengada del 1 de enero al 31 de octubre de 1996,
toda vez que tales créditos se sustentan en una liquidación detallada
elaborada por la empresa deudora.
Finalmente, se PRECISA, por mayoría, que los créditos reconocidos a favor
del señor Atilano Rubio Coronel son de titularidad del Clan.
Lima, 5 de junio de 2012
ANTECEDENTES
1. Por escrito del 5 de abril de 2005, complementado el 2 de febrero de 2006, el
señor Atilano Rubio Coronel (en adelante, el trabajador) solicitó ante la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Lambayeque (en adelante,
la Comisión) el reconocimiento de créditos frente a Agro Pucalá S.A.A.1 (en
adelante, Agro Pucalá) ascendentes a S/. 15 059,14 por capital y
1 El 21 de febrero de 2005, la Comisión publicó en el diario oficial “El Peruano” el inicio de concurso de Agro Pucalá.

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