Sentencia nº 000019-2009/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 13 de Enero de 2009

Fecha de Resolución13 de Enero de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente2084-2007/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 2
RESOLUCIÓN 0019-2009/SC2-INDECOPI
EXPEDIENTE 2084-2007/CPC
M-SDC-13/2A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
DENUNCIANTE : MARÍA MAXIMILIANA SOSA ROJAS
DENUNCIADA : EL PACÍFICO PERUANO - SUIZA COMPAÑÍA DE
SEGUROS Y REASEGUROS
BANCO RIPLEY S.A.
TIENDAS POR DEPARTAMENTOS RIPLEY S.A.
MATERIA : PROCESAL
ADHESIÓN A LA APELACIÓN
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE CRÉDITO
SUMILLA: se tiene por adherida a la apelación a la señora María
Maximiliana Sosa Rojas quien solicitó que se revoque la Resolución 1567-
2008/CPC del 13 de agosto de 2008, emitida por la Comisión de Protección
al Consumidor, en cuanto declaró infundada su denuncia en el extremo
referido a la falta de atención de su reclamo por parte de El Pacífico
Peruano – Suiza Compañía de Seguros y Reaseguros; y, se dispone correr
traslado a El Pacífico Peruano Suiza Compañía de Seguros y
Reaseguros y a Banco Ripley S.A. del recurso de adhesión a la apelación.
Lima, 13 de enero de 2009
ANTECEDENTES
1. El 12 de octubre de 2007, la señora María Maximiliana Sosa Rojas (en
adelante, la señora Sosa) denunció a El Pacífico Peruano – Suiza
Compañía de Seguros y Reaseguros (en adelante, Pacífico), Banco Ripley
S.A. (en adelante, el Banco) y Tiendas por Departamentos Ripley S.A. (en
adelante, Ripley) por presunta infracción del Decreto Legislativo 716 – Ley
de Protección al Consumidor. Señaló que desde setiembre de 2006 se le
venía cargando mensualmente S/. 6,37 en su tarjeta de crédito Ripley, por
un seguro de protección de tarjeta que no había contratado. Asimismo,
señaló que las denunciadas no habrían cumplido con responder a sus
reclamos.
2. Mediante Resolución 1567-2008/CPC del 13 de agosto de 2008, la
Comisión de Protección al Consumidor (en adelante, la Comisión) declaró:
(i) improcedente la denuncia contra Ripley debido a que no fue
proveedora del servicio objeto de denuncia;

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