Sentencia nº 002878-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 27 de Diciembre de 2010

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente004-2009/CPC-INDECOPI-ICA
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 2878-2010/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 004-2009/CPC-INDE COPI-ICA
M-SC2-02/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE ICA
DENUNCIANTE : JOSÉ MARIO JIMÉNEZ JAIMES
DENUNCIADO : BANCO DE LA NACIÓN
DENUNCIA : DE PARTE
MATERIA : NULIDAD
NULIDAD DE OFICIO
MÉTODOS COMERCIALES COERCITIVOS
SERVICIOS BANCARIOS
INFORMACIÓN
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE CRÉDITO
SUMILLA: Se confirma la resolución que viene en grado que declaró fundada
la denuncia, al haber quedado acreditado que el denunciado realizó una
modificación unilateral al contrato de crédito celebrado con el denunciante
sin su consentimiento, generando que el denunciante asuma el pago de una
cantidad mayor a la originalmente pactada.
SANCIÓN: 6,34 UIT
Lima, 27 de diciembre de 2010
I ANTECEDENTES
1. El 11 de febrero de 2009, el señor José Mario Jiménez Jaimes (en adelante,
el señor Jiménez) denunció al Banco de la Nación1 (en adelante, el Banco)
ante la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Ica (en adelante, la
Comisión) por infracción del Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al
Consumidor, en virtud de los siguientes hechos:
(i) El 2 de agosto de 2007, celebró con el Banco un Contrato de Préstamo
Multired por la suma de S/. 6 317,18 (S/. 5 134,00 correspondiente al
capital y S/. 1 183,18 por concepto de intereses) a ser cancelado en 36
cuotas mensuales, bajo la modalidad de cargo en cuenta, con dos
meses de gracia anuales (abril y mayo);
(ii) a consecuencia del terremoto ocurrido en la ciudad de Ica el 15 de
agosto de 2007, el Banco difundió, el 20 de agosto del mismo año, un
anuncio bajo el título “Sur Solidario y Fraterno” a través de la cual
señaló que “Los beneficiarios de todos los Préstamos Multired en las
zonas declaradas en emergencia por el gobierno, tendrán un periodo de
gracia de seis meses a partir de la fecha, durante el cual no pagarán el
1 RUC 20100030595 y domicilio procesal u bicado en la Av. Grau Nº 161, Departamento y Pr ovincia de Ica.

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