Sentencia nº 002866-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 24 de Octubre de 2011

Fecha de Resolución24 de Octubre de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente274-2010/CPC-INDECOPI-LAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 2866-2011/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 274-2010/CPC-INDE COPI-LAM
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE LAMBAYEQUE
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : LUIS GUILLERMO ROJAS AYALA
DENUNCIADO : JAPÓN MOTOS E.I.R.L.
MATERIA : IDONEIDAD DEL PRODUCTO
ACTIVIDAD : FABRICACIÓN DE MOTOCICLETAS
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado en el extremo que
declaró fundada la denuncia referida a la falta de entrega de la tarjeta de
propiedad del vehículo adquirido por el señor Luis Guillermo Rojas Ayala a
Japón Motos E.I.R.L., debido a que dicho proveedor no acreditó haber
cumplido con la mencionada obligación.
Asimismo, se confirma el extremo que declaró fundada la denuncia, en el
extremo relativo a la falta de información al momento de adquirir el vehículo
en cuestión, puesto que ha quedado acreditado que la denunciada no
cumplió con brindar al señor Rojas información fidedigna sobre el año de
fabricación de la motocicleta que adquirió.
SANCIÓN: 5 UIT
Lima, 24 de octubre de 2011
ANTECEDENTES
1. El 6 de setiembre de 2010, el señor Luis Guillermo Rojas Ayala (en adelante,
el señor Rojas) denunció a Japón Motos E.I.R.L.1 (en adelante, Japón Motos),
ante la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque (en
adelante, la Comisión) por infracción del Decreto Legislativo 716, Ley de
Protección al Consumidor2, señalando lo siguiente:
(i) El 15 de junio de 2009, adquirió de la denunciada una motocicleta
nueva, marca Haj Haojin, color azul, del año 2008, por el importe de
S/. 4 000,00, cancelando como cuota inicial S/. 2 000,00,
entregándosele la Guía de Remisión Nº 001-00036613. En dicha
1 RUC: 20479500151, y con domicilio fiscal en Av. Sáenz Peña 2206, Urb. Latina Lambayeque, J osé Leonardo Ortiz,
Chiclayo.
2 Cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo 006-2009-PCM, publicado el 30 de enero de 2009
en el diario oficial El Peruano.
3 Ver foja 19 del expediente.

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